Deudores fiscales serán exonerados de multas, intereses y sanciones


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Hoy se publicó el Acuerdo Gubernativo 257-2013 emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas en el que se establece la exoneración parcial de multas, intereses y sanciones a los deudores fiscales que no hayan pagado sus impuestos en fechas anteriores al 1 de enero de 2012.

Cindy Espina
cespina@lahora.com.gt

Esta es una de las medidas que el Organismo Ejecutivo tuvo que tomar por la baja en la recaudación fiscal.

El Acuerdo Gubernativo que establece la exoneración parcial de multas, intereses y sanciones a las personas que no pagaron impuestos, es una medida del Ejecutivo para incentivar a los deudores fiscales a pagar los impuestos, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Regularización Tributaria.
Estos incentivos serán aplicables si se pagan los impuestos que se adeudan y si se pagan en los primeros dos meses las exoneraciones serán en un 95 por ciento; si se hacen en el tercer mes sólo será el 90 por ciento. Esto únicamente será aplicable para deudas fiscales que sean antes del 1 de enero de 2012.
Dicho acuerdo se realizó para saldar  el agujero fiscal que dejaría la reducción del 50 por ciento al Impuesto Sobre Circulación de Vehículos  (ISCV), el cual Finanzas propuso reducirlo por tres meses, pero el Congreso decretó permanente la disminución al pago de dicho tributo.