Licenciado: í“scar Clemente Marroquín Godoy. DIRECTOR DEL DIARIO LA HORA. Con profunda preocupación por el contenido del reportaje publicado el día 22 de mayo del año en curso acerca de «Actos de corrupción en Migración» a cargo de í‰dgar Hernández, de quien estoy seguro, fue sorprendido en su buena fe, me veo en la necesidad de aclarar los hechos consignados, por su gravedad. Informándole que me llamo HECTOR ANDRí‰S CORZANTES CABRERA, actual Subdirector de Documentos Internacionales de la Dirección General de Migración, hago ver que este artículo no coincide con la verdad histórica de los hechos y para que los lectores conozcan la verdad, manifiesto que: Comparto la opinión de í‰dgar Hernández, de que en Migración existen actos de corrupción; pero, en la administración del licenciado Santos Cuc Morales, se ha combatido la misma con firmeza al cancelar contratos de personal corrupto. Quienes molestos por haberles terminado sus altos ingresos ilícitos, nos atacan por medio de anónimos a quienes como el señor Director y su servidor, hemos combatido de manera frontal este flagelo. Un ex empleado despedido, que juró venganza antes de irse, tramitó el expediente de la señora Carmen Viviana Villareal Mero, posiblemente, el responsable de los anónimos en mi contra. Queja anónima, que se recibió en la Oficina de Responsabilidad Profesional, señalando que se le concedió pasaporte guatemalteco a una extranjera. Al respecto indico, que la señora Villareal, compareció a solicitar la renovación de su pasaporte. (Ya había un pasaporte anterior). Presentando los documentos que la Ley de Migración requiere: cédula de vecindad, boleto de ornato, pago de arancel. Pero, le presté mayor atención al mismo, porque un empleado despedido lo tramitó, por lo que solicité otra documentación para acreditar sus datos y los que presentó, por lo que procedimos a dictar providencia el 28 de noviembre 2006, ordenando la renovación solicitada. Este expediente en original se encuentra en la Subdirección a mi cargo, y aún no ha sido examinado por la Jefa de la ORP, ni por el periodista aludido. Al observar el expediente de mérito, es evidente que he actuado con recelo en el ejercicio de mis funciones, y no por dinero como maliciosamente hace creer la jefa de ORP. Que dice también que fui «negligente e irresponsable al autorizar la extensión de la permanencia en Guatemala de esta persona.» No es cierto, porque lo que autoricé fue una renovación, no estoy facultado a autorizar extensiones de permanencia en el país, esto corresponde a Extranjería. Estas declaraciones evidencian su desconocimiento total de la organización interna de la Dirección General. Por aparte señalo omisiones de investigación de ORP. El expediente administrativo está pendiente de dictamen final, lo digo porque faltan diligencias como: informaciones de Registros Civiles, constatación de asientos de Registros Civiles, Recibir mi declaración. Escuchar a Villareal. Realizar peritaciones, Entre otros, aun no han sido practicadas. ?Conmino a la Jefa de ORP, a poner a la vista el resultado de estas diligencias practicadas. Si no lo puede hacer, ya sabrán ustedes quién es la que tergiversa la verdad, a saber con que extraña motivación o contubernio; actuando en contra de la ética profesional, al dar información pública, de un asunto no terminado, porque el Código de í‰tica Profesional del C. A. N. G. manda que no se debe externar opinión, de un expediente o asunto no resuelto. Pero lo hizo. Lamentando no haber sido consultado previamente a publicar el artículo, porque al conocer la verdad el periodista Hernández, jamás lo hubiera publicado y jamás mi reputación hubiera sido lesionada. De igual forma, lamento que no se acudió al Ministerio Público para establecer si existe denuncia en mi contra o bien al Organismo Judicial y que no se consultó con la señora VILLAREAL, persona que puede decir qué sucedió exactamente, porque es totalmente falso lo dicho por la ORP.
Respetuosamente solicito que sea publicada esta aclaración y sea rectificada la noticia publicada en mi contra, a efecto de que el daño moral causado a mi persona sea menor. Guatemala, 31 de mayo del 2007.
Deferentemente: