A nadie puede negársele el derecho a identificarse con un documento válido legalmente y eso puede ocurrirle a muchos guatemaltecos a partir de enero próximo cuando según la ley deje de tener vigencia la Cédula de Vecindad como documento de identidad porque se supone que entrará en vigencia el Documento Personal de Identidad (DPI) extendido por el Registro Nacional de las Personas.
Es sabido que por deficiencias de variado tipo, el RENAP no ha podido cumplir en el plazo previsto en ley con extender a todos los habitantes del país y los guatemaltecos residentes en el extranjero, el documento nuevo que, según la ley, será el único válido legalmente para establecer la identidad de las personas. En consecuencia, si se aplica la ley tal y como está, a partir de enero muchos guatemaltecos y extranjeros residentes en el país se verán privados del derecho humano elemental de gozar de una identidad para acreditar su calidad en distintos actos de la vida cotidiana. Los mismos bancos han comunicado ya que desde enero el único documento para realizar cualquier tipo de transacción será, de conformidad con la ley, el DPI, lo que significa que aquellos que han sido víctimas de la ineficiencia del RENAP verán limitados sus derechos.
Lamentablemente la decisión está únicamente en manos de un Congreso que no sirve para un carajo más que para realizar extorsiones como la que dio lugar a la reforma de la Ley de Telecomunicaciones, porque únicamente se aprueba aquello que les deje untada la olla a los representantes. En consecuencia, las probabilidades de que se prorrogue la vigencia de la Cédula en tanto el Registro de las Personas persista en su incapacidad para documentar absolutamente a todos los que tienen derecho a obtener el documento de identidad, son muy pocas.
Eso lleva a la necesidad de que el Procurador de los Derechos Humanos, tutelando los derechos de todos los habitantes de la República y residentes en el extranjero que se quedarán sin identidad en enero, presente una acción de Amparo contra la ley que deja sin vigencia la Cédula de Vecindad, a efecto de que una resolución judicial sea la que asegure el ejercicio del derecho a la identidad que tenemos todos.
No queda otro remedio ni otro camino porque lo único cierto es que son cientos de miles de personas las que aún no han podido obtener el documento correspondiente y que tendrían serias complicaciones para realizar cualquier acto en ejercicio de sus derechos a partir de enero. La función y obligación de la PDH es velar por el pleno respeto y vigencia de los derechos que se verían conculcados al no tener documentación legalmente válida.
Minutero:
Ahora sí que un amparo
se hace indispensable
pues nos saldría muy caro
tener tanto impresentable