Señora
Aura Violeta Echeverría Quieza
Presidenta deL Comité Ejecutivo y Representante
Legal de La Federación Nacional de Natación, Clavados,
Polo Acuático y Nado Sincronizado
Presente.
Estimada señora:
En referencia a su Oficio No. 227/CE/2010/FENADEGUA de fecha 8 de diciembre del presente año, los abajo firmantes exponemos:
Con el objeto de velar por el bienestar emocional y físico de los atletas de natación, el honorable Comité Ejecutivo de La Federación Nacional de Natación, Clavados, Polo Acuático y Nado Sincronizado, que usted preside se nos aclare:
Las razones por las cuales la situación laboral del Entrenador de Natación Rufino Torres Macz es inestable, ya que dicha situación a puesto en desventaja a sus atletas, violándose con ello lo establecido en los Estatutos de la Federación Nacional de Natación, Clavados, Polo Acuático y Nado Sincronizado, artículo 3, que establece: «La Federación es u carácter de organismo rector de las actividades deportivas, que le corresponden, tienen por objeto: Literal a) Promover el deporte acuático, así como su difusión y práctica disciplinada en toda la República.» Literal B) Auspiciar el mayor número de deportistas en sus cuatro disciplinas…
Se nos indique si la situación laboral del Entrenador de Natación, Rufino Torres será resuelta favorablemente.
En caso de no resolverse la situación laboral de nuestro entrenador, solicitamos se nos autorice el uso de 3 carrileras en los horarios en que hemos estado entrenando con el Entrenador Rufino Torres, así como el uso de las instalaciones sin discriminación alguna, tal como se le ha permitido a los miembros del denominado Club Delfines y a sus entrenadores, quienes gozan del privilegio de ser la única entidad privada del departamento de Guatemala de usufructuar las instalaciones de la Federación en zona 15 sin costo alguno.
Que se nos aclare por qué hay un club privado utilizando las instalaciones; carriles, gimnasio las cuales deberían estar siendo usadas por los atletas del programa de la federación.
Que cese el conflicto de intereses y el tráfico de influencias de parte de los Padres de Familia del denominado Club Delfines ya que es de nuestro conocimiento que más de uno de los integrantes del Comité Ejecutivo pertenecen a dicho Club, violándose con ello lo establecido en los Estatutos de la Federación Nacional de Natación Clavados, Polo Acuático y Nado Sincronizado, artículo 11, en donde dice. «Los miembros del Comité Ejecutivo de la Federación, no podrán ser miembros o entrenadores de su deporte ni ejercer cargos directivo en Asociaciones, Juntas, Ligas, Clubes o Equipos de Natación. Si al tiempo de su elección o posteriormente el electo en posesión del cargo resultare incluido en cualquiera de las prohibiciones contenidas en este artículo, de inmediato se declarará vacante su puesto por el Comité Ejecutivo de la Federación y se comunicará tal situación a la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, para la convocatoria a llenar la vacante respectiva.
Atentamente,
Maribel Barillas A-1-782652 Margarita Barrera A-1-782652 Mauricio Portocarrero A-1 658353
Isabel de Rivera A-1- 802719 Guillermo Segura P171579 Patricia Melgar A-1 – 24010
Edwin Rivera A-1 75566
CC Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Comunicación Diputado Carlos Fión Diputado José Alberto Gándara Lic. Gerardo Aguirre – CDAG Lic. Héctor Trujillo – CDAG Lic. Emilio Méndez – CDAG General Sergio Camargo – Comité Olímpico Medios de Comunicación