Delitos graves, lejos de las condenasDelitos económicos graves, lejos de las capturas y las condenas


El robo y hurto agravados son delitos para los que no aplican las medidas sustitutivas establecidas en la Ley y están entre los diez actos ilí­citos con mayor número de procesos penales abiertos cada año, pero: ¿quién no ha sido ví­ctima de un robo a mano armada?, ¿cómo define la ley la delgada lí­nea entre un robo menor y uno de millones de quetzales?

Gerson Ortiz
gortiz@lahora.com.gt

Mientras que el 7 de diciembre de 2007, el Tribunal Quinto de Sentencia condenaba a dos años de prisión a Jonathan Pineda Contreras, quien trabajaba como lustrador en las calles de la zona 1 y enfrentó durante varios meses juicio por robo agravado; el 12 de enero de ese mismo año la Junta MonetaraMonetaria clausuró el Banco de Comercio (BC) tras descubrir que los personeros estafaron a los inversionistas por más de un millardo de quetzales, pero ninguno de los accionistas de esa entidad ha sido aprehendido. Sin duda, la justicia no se ejerce con «igualdad» tampoco en estos casos

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La acuscaiónacusación contra Pineda Contreras señala que la madrugada del 20 de marzo de 2007 este éste entró a la bodega del Almacén 99, ubicado en la sexta 6ª. avenida 15-31 de la zona 1 capitalina y extrajo: siete pares de tenis de una, 25 docenas de calcetas, 6 pastas dentales y Q 1 mil 500 en efectivo. Cuando el TtribunalTribunal le preguntó al sindicado la dirección de su residencia para recibir notificaciones éste no titubeó en responder: «vivo en la calle».

Mientras tanto, la estafa del BC dejó sin fondos a más de 6 mil inversionistas y totalizó Q 1 mil 800 millones desviados por los directivos del banco hacia la off-shoree: Organizadora de Comercio, la cual no era fiscalizada por la Junta Monetaria; esta ésta fue calificada como una de las más grandes estafas en la historia del paí­s.

En el proceso contra Pineda Ccontreras, la fiscalí­a solicitó la pena máxima contra el sindicado, sin embargo, el Tribunal Quinto resolvió condenarlo a dos años de prisión y le suspendió condicionalmente la pena. Mientras que en el proceso contra los banqueros: Carlos Enrique Abularach Zablah, Carlos Enrique Lowenthal Arceyuz, Jorge Ibarra Rivera Iglesias y Claudia Marí­a Robles Morales, acusados de caso especial de estafa, estafa propia y lavado de dinero no han sido ejecutadas las órdenes de aprehensión tres años después. Esto, a pesar de que Para para los más de 6 mil afectados, este hecho constituye también un robo.

PROCESOS

En 2009, los Tribunales tribunales de la capital emitieron 277 sentencias condenatorias y 38 absolutorias por el delito de robo agravado, mientras que por el hurto agravado se registraronó 64 condenas y 11 absoluciones ese año, según el Centro de Análisis y Documentación del Organismo Judicial (Cenadoj).

Esa instancia, en dicho año, registró ese año 5 mil 885 casos por robo agravado y 2 mil 393 por hurto agravado, mientras que de enero a septiembre de este año ingresaron 4 mil 800 por el primero y 2 mil 106 por el segundo.

Las sentencias también se incrementaron levemente en con relación aa las del año pasado, pero no por mucho, pues por robo agravado fueron emitidas 304 condenas y 92 absoluciones y por hurto agravado fueron 36 los fallos absolutorios y 74 los condenatorios.

Las anteriores cifras tambientambién incrementaron el número de presos en el paí­s, pues hasta el viernes último el Sistema Penitenciario (SP) sumaba 11 mil 126 privados de libertad,, de los cuales; 10 mil 367 son hombres, y 759 mujeres.

Un alto porcentaje de los ahora privados de libertad en todo el paí­s guardan prisión por delitos como robo agravado o hurto, mientras que los delitos más graves en cuanto a lo económico aún siguen siendo escasamente perseguidos y sancionados en el paí­s, concluyen analistas.

En base a los anteriores datos se concluye que una alto porcentaje de los ahora privados de libertad en todo el paí­s guardan prisión por delitos como robo agravado o hurto, mientras que los delitos más graves en cuanto a lo económico aún siguen siendo escasamente perseguidos y sancionados en el paí­s, concluyen analistas.

A PRISIí“N

El artí­culo 264 del Código Procesal Penal detalla que no podrán concederse ninguna de las medidas sustitutivas establecidas en la Ley por delitos como robo agravado y hurto agravado, entre otros.

Berner Garcí­a Garcí­a, abogado litigante, explica que ese ilí­cito es muy común pero que ante esa normativa y para evitar que el sindicado vaya a prisión los defensores procuaranprocuran que se tipifique únicamente el robo sin agravantes.

«Se cree que el agravantes es sólo cuando hay un asaltoa en el que participan más de dos pero en realidad este consiste en el uso de violencia con arma que puede ser desde una tijera hasta un destornillador, pues la proyección de la ley es extensa», cita.

El jurista añade que estos procesos dependen mucho de las ví­ctimas, pues hay quienes sí­ inician acciones por robo agravado, experimentan un proceso de casi un año porque el mismo llega a debate, explica;, estos generalmente se van a debate, lo que hace que el proceso se polongreprolongue durante casi un año, explica.

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«En mi experiencia sé decir que de cada cien casos que entran por robo, 98 son procesados por robo agravado y en estos casos es prohibodoprohibido por la ley otorgar medidas y eso genera que saturacionsaturación tanto de procesos en tribunales como en las cárceles», señala Garcí­a.

SATURADO

Manfredo Maldonado, magistrado de la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia, explica que ante la excesiva cantidad de reos que registra el Sistema Penitenciario en la actualidad, la Cámara que integra ha echado a andar proyectos para desaturar descongestionar el sistema carcelario en Guatemala. Estos se han realizado en coordinación con otras instituionesinstituciones como la Defensa Pública Penal y el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

«Se habló con la administración anterior del MP para que los fiscales aplicaran las instituciones desjudicializadoras como criterios de oportunidad, entre otros porque una polí­tica del fiscal anterior (AmilcarAmí­lcar Velásquez) era que cada investigador tení­a que presentar diez acusaciones mensuales y eso generó que el MP acusara por todo y eso satura grandemente el SP», explica el magistrado Maldonado.

Se intentó localizar a Amí­lcar VeláquezVelásquez para que diera su opinión al respecto, pero no fue posible. Se le llamó a su oficina particular y a su celular.

Aunque Maldonado considera que esas medidas y la aplicacióaplicación de las reformas legales más recientes han ayudado a solucionar parte del problema, reconoce que no han sido ciento por ciento efectivas: «Le mentirí­a si le digo que el sistema ya no está saturado, eso es ridí­culo, pero aunque sea en una pequeña parte sí­ se ha contribuido», enfatiza.

El magistrado añade que confí­a que las etapas del proceso se respeten y que el próximo año hayan resultados de proceso más expeditos de acuerdo a las disposiciones que se tomaron ya que estas medidas fueron implementadas en septiembre último. Hasta ahora, el sistema está saturado.

DEBILIDAD

Marco Antonio Canteo, Director director del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales, resalta dos aspectos en este tema: la debilidad en la independencia de los jueces al estar obligados por la Ley a no aplicar una medida sustitutiva por estos hechos y la falta de persecución penal a los «robos de cuello blanco».

«Uno de los grandes problemas de la sociedad guatemalteca son los asaltos a mano armada armada y con violencia, que caracterizan al robo agravado, caracateristicascaracterí­sticas que es conveniente evaluar en el marco de una politicapolí­tica criminal y procurar su prevención en la sociedad».

Canteo apunta que existe una incostitucionalidadinconstitucionalidad pendiente de resolver referente al artí­culo del Código Procesal Penal que obliga a los jueces a enviar a prisión a los sindicados de ese delito: «El juez debe actuar con indpendenciaindependencia y en base a los criterios clásicos de peligro y obstaculización de la averiguación que prevalece en todas las leyes del mundo», comenta.

Para Canteo, las cifras registradas en el Organismo Judicial rsepectorespecto a las sentenicassentencias por esos hechos demuestran el bajo nivel de efectividad del MP y del sistema de justicia en general, pero subraya que es necesario «poner el ojo» en los subregistrossubregistros, es decir, perosnaspersonas que son ví­ctimas de esos hechos ilí­citos y no denuncian, lo que a su criterio elevarí­a los procesos.

El experto opina finalmente que hasta ahora, el sistema es tan débil que «no es capaz de procesar a los delincuentes de cuello blanco», haciendo referencia a las grandes malversaciones y defraudaciones tributarias que se registran también en el paí­s. «El MP no es capaz de entrarle a esos caos y se dedica a perseguir a criminales de baja monta y no a personas con poder», enfatiza.

«Es vital perseguir los robos agravados cometidos por delincuentes comunes, cómo los grandes robos y estafas cometidas por ejecutivos de cuello blanco. Los dos son delincuentes por igual. El tema es que en Guatemala nos «acostumbramos» a vivir en medio de robos y estafas y resulta más sencillo y conveniente pedir que se otorgue medidas sustitutivas a los que roban con mano armada, porque son muchos y saturan el SP; esa no es la solución. Debemos aplicar la ley para todos y por igual sean estos ladrones de mano armada o ladrones que con un teclazo se roban millones. El sistema deberí­a ser los suficientemente efectivo para cumplir con los plazos, presentar pruebas sólidas y lograr condenas que enví­en a la cárcel a los delincuentes de todo tipo», decí­a un editorial de este vespertino.

SOBREPOBLACIí“N

Canteo también refirió que esa situación da paso a la saturación de las cárceles en el paí­s, las que a la vez saturando con ello el SP, que es el que tienen menos recursos de todo el sistema de justicia de Guatemala.

Al respecto Rudy Esquivel, portavoz del SP, confirma la saturación de los centros carcelarios del paí­s y explica que la idoneidad de estructura en las cárceles del paí­s es para 6 mil 700 privados de libertad, sin embargo, en la actualidad superan los 11 mil reos: «La cantidad de privados de libertad se ha ido incrementando desde los últimos cinco años», dice.

Sobre el tema de la clasificación de privados de libertad, Esquivel señala que el SP ha avanzado en ese aspecto, ya que creó un complejo carcelario para el encarcelamiento de personas que cometen faltas y delitos menores.

«La clasficaciónclasificación que se trabaja se ha fortalecido en el último año en dos aspectos: la situación jurí­dica de los reos y su perfil criminologicocriminológico, es en ese marco que se han dado traslados a otros centros carcelarios con prioridad en los perfiles más peligrosos», señala Esquivel.

El portavoz del SP señala que a la fecha se han dado más de 1 mil 300 traslados de reos entre prisiones para procurar su mejor ubicación, sin embargo, el número de ingresos diarios es muy alto y el Preventivo de la zona 18 ha tenido algunos problemas al respecto, señala el comunicador.

«En la medida que aumenta la población carcelaria, también el SP va incrmentandoincrementando el gasto en sus necesidadess básicas como la custodia y polí­ticas, por lo que se ha gestionado desde la dirección un incremento en el presupuesto», dice finalmente Esquivel.

Estadí­sticas


6,700

privados de libertad

puede albergar el Sistema Penitenciario

11 mil 126

privados de libertad

según registros hasta la semana pasada.

10,367

hombres

reclusos en cárceles

759

mujeres

reclusas en cárceles

341

condenas

se emitieron en 2009 por robo y hurto agravados

49

absoluciones

se emitieron en 2009 por los anteriores delitos.

8,278

procesos

ingresaron al OJ por robo y hurto agravados en 2009

378

condenas

se emitieron en 2010 por robo y hurto agravados

128

absoluciones

se emitieron en 2010 por los anteriores delitos

6,906

procesos

ingresaron al OJ por robo y hurto agravados en 2010