Al igual que los demás países del mundo, pero especialmente las naciones subdesarrolladas, Guatemala se encuentra agobiada por las consecuencias de los altos precios internacionales de los derivados del petróleo, que, entre otros efectos, causa serio impacto en la generación de energía eléctrica, en vista de que más del 60 % de las plantas y generadoras dependen del crudo.
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Este encarecimiento ha determinado que los incrementos en los precios de los combustibles sean trasladados a los consumidores finales, incluyendo las municipalidades del país, cuyas finanzas se encuentran muy deterioradas, sin poder satisfacer todas las necesidades colectivas de sus vecinos.
Los argumentos vertidos en los párrafos anteriores corresponden a la iniciativa de ley que ha presentado a consideración del Congreso de la República el joven diputado Juan Carlos Rivera Estévez, encaminada a modificar la Ley General de Electricidad y sus reformas, con la intención de que todas las municipalidades de la República, independientemente del signo ideológico de sus alcaldes y demás miembros de sus corporaciones edilicias, sean consideradas como «Grandes Consumidores», calificativo que, según lo advierte el representante ponente, no debe limitarse al número de aparatos de control de consumo (contadores) ni su ubicación, sino a la suma de kilowatios que utiliza para proporcionar los servicios básicos de agua, alumbrado público y tratamiento de desechos sólidos.
Razona Rivera Estévez que para nadie es un secreto que las municipalidades cumplen una función social de singular importancia, especialmente en lo que respecta a proporcionar el servicio de agua potable y los otros servicios anotados líneas arriba, cuyas actividades no pretenden generar utilidades ni nada por el estilo, sino que persiguen que los habitantes de sus comunidades mejoren su calidad de vida.
Al proporcionar los servicios básicos mencionados, las municipalidades del país se proponen que tales servicios se encuentren al alcance de la mayoría no sólo de los vecinos de su jurisdicción, sino de todos los habitantes de la República, de tal manera que los beneficios de esos mismos servicios sean generales y no exclusivos de un sector particular, y por ello mismo se torna imperativo que los costos referentes al suministro de energía eléctrica lo hagan bajo condiciones de interés social y bajo condiciones de gran consumidor, que, como se sabe, en la actualidad beneficia a determinadas instituciones del Estado y a grandes empresas del área privada.
La iniciativa del legislador Rivera Estévez ha sido planteada a la Comisión de Energía, pero es de temerse que si los jefes de bancada no se interesan en ese proyecto de ley, el mismo tomará el destino de muchas propuestas de beneficio general: el archivo del Organismo Legislativo.
En forma resumida, la reforma al inciso c) del artículo 59 del decreto 93-96 del Congreso de la República quedaría de la forma siguiente: Los suministros a usuarios del servicio de distribución final, cuya demanda máxima de potencia se encuentre por debajo del límite señalado en el reglamento, también incluirá el suministro a las municipalidades, cuando éstas utilicen para uso exclusivo en los equipos extractores y distribuidores de agua potable para el uso y consumo humano, plantas de tratamiento de aguas y desechos sólidos, así como alumbrado público.
Corresponderá a la Comisión de Energía Eléctrica, en coordinación con las municipalidades del país, fijar los precios de venta, tomando en consideración las cantidades de energía que, en su conjunto, cada una de ellas requiera para ese fin, sin que ello implique volúmenes obligatorios de compra, ni la imposición de sanciones por no usar las demandas proyectadas.
Las municipalidades serán consideradas como «grandes consumidores», para efecto de los precios que les sean fijados en sus compras de energía eléctrica. Además, los usuarios de demanda máxima de potencia superior a las que especifique el reglamento, no estarán sujetos a regulaciones de precios. En tanto que las condiciones de suministros serán libremente pactadas con el distribuidor o con cualquier otro suministrador.
(Romualdo Rural dice que un diputado citadino cree que «becerro» es observar una loma o colina).