Algunos diputados y el Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), no encuentran inconstitucionalidad en la Ley de Comisiones de Postulación, porque la carta magna no establece procedimientos tal como han interpretado los rectores de las once universidades del país.
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Gladys Anabella Morfín Mansilla, presidenta del Cedecon, analiza que el nuevo procedimiento legal de elección del presidente de dichas comisiones por sorteo, como ahora manda el artículo cinco de la referida ley, no es azar.
La máxima autoridad del Cedecon dice que con esa nueva norma se cumple con los procedimientos, se cumple con la transparencia y se cumple con la designación de cada uno de los presidentes.
Anabella de León, del Partido Patriota, indicó que con la acción planteada ante la CC los dirigentes de las universidades «quieren seguir un proceso amañado, dirigido y direccionado», pero espera que la Corte de Constitucionalidad ponga el ejemplo de que la Constitución de la República se respeta.
«Hasta ahora lo que los rectores habían hecho era ponerse de acuerdo con base a saber qué criterios, con base a saber qué componendas y designaban a alguien; lo que hizo el Congreso de la República es utilizar su facultad legislativa y establecer ahora que será mediante sorteo», enfatizó Aníbal García, diputado independiente .
Insistió que es irresponsable y de «gí¼izaches» lo que sobre el nuevo procedimiento de elección alega cada rector, quienes están dejando de lado lo que contempla la Constitución Política de la República.
«…Comisión de Postulación integrada por un representante de los rectores de las universidades del país, quien la preside. Dice que debe ser un rector, y, que es un representante de los rectores, pero la Constitución de la República no establece la forma en que debe designarse a ese representante», recalcó, García.
SI OCURRE
Si la CC suspendiera provisionalmente la norma en mención y diera acogida al planteamiento que hacen los rectores, «tampoco afectaría el proceso por una simple y sencilla razón: los rectores igual que han hecho en el pasado tendrían que elegir o designar, como ellos quieren hacerlo, a un representante de ellos y a partir de allí integrar la comisión», analiza la presidenta del Cedecon.
Lamentablemente lo que sí perjudica, es ese proceso transparente y público que son los principios que garantizan y establece la nueva Ley de Comisiones de Postulación, «entonces iría en contra de todo aquel postulado», dijo Gladys Anabella Morfín Mansilla, presidenta del Centro para la Defensa de la Constitución para referirse a la ley.
«Es un hito histórico, lo que el Congreso está tratando es de que no se den los casos que se están dando o que se han dado en la Corte (Suprema de Justicia) y que nos tiene ahora en una impunidad y que la justicia sea un sueño nada más.», resaltó la diputada.
Los que opinaron insisten que la norma ordinaria sobre Comisiones de Postulación aprobada por el Congreso de la República, desarrolla la norma constitucional. «Desarrolla el procedimiento a seguir», subrayó la diputada Anabella de León.
La acción de inconstitucionalidad a la Ley de Comisiones de Postulación de parte de los rectores va dirigida al Artículo 5 que manda sea por sorteo la elección de los presidentes de las comisiones postuladoras.
«A nuestro juicio, ello contraviene lo establecido en los artículos 215 y 217 de la Constitución Política de la República», aseguran.
Solicitan a la CC la suspensión provisional del artículo en cuestión, en tanto el tribunal constitucional resuelve en definitiva la acción presentada.
Sobre el sorteo expresan que acudieron ante la Comisión Permanente del Congreso con el interés de contribuir al normal desarrollo del proceso de elección de los magistrados y exponer las inquietudes respecto de la inconstitucionalidad del artículo 5 del decreto referido.