CíRCEL A LOS DESCUIDADOS


La Ley de Armas y Municiones, otro ejemplo de la lacra que mueve todo el sistema legal, desde simples abogados hasta los  magistrados, pues tiene lagunas e inconstitucionalidades.

Guillermo Castañeda Lee, Céd. R–19 No. 997, Teculután, Zacapa

La Constitución dice que es libre la tenencia de armas; no dice será regulada, disminuida, registrada o algo que se le perezca o sea que si se querí­a regular la tenencia, primero debieron de haber modificado la carta magna.

Dice esta seudo-ley que pueden portar armas por razones del cargo: Los ex diputados al Congreso de la República y al igual que otros funcionarios. ¿Será un cargo ser ex diputado?

Cuando se trajo al CICIG se argumentó que era para combatir los poderes paralelos que estaban incrustados en el Estado y según el decir de los ciudadanos, el Congreso era una de las dependencias que estaba más penetrada. Como muchos de ellos tienen antecedentes criminales, se cuidaron de que no les nieguen portar arma por esos antecedentes o por pertenecer al crimen organizado, al declararse ellos mismos exentos de esa obligación.

¿Se dan  cuenta que por incumplir esta ley muchos ciudadanos honrados pararán en la cárcel? Bueno, talvez no todos, pues quien le suelte de 10 a 20 paquetes al jefe policí­aco, más las extorsiones futuras estará libre de esto.

Por lo menos la ley debiera de haber incluido unas excepciones, pues hay personas honradas que por seguridad de lo que negocian andan armados y no tienen licencia de portación. Además de probar su honorabilidad, una multa hubiera sido el complemento a su descuido.

Dice que en la primera redada capturaron a 9 personas, o sea que de acuerdo con la ley se van sin excusa ni pretexto de 8 a 10 años a la cárcel. ¿Cuántos de ellos eran criminales? De seguro la mitad de ellos eran personas trabajadoras que se andaban ganando la vida.

Ojalá los que caigan presos sean los parientes de los funcionarios.