El 75 por ciento de los candidatos a alcaldes y diputados del país corren en la actual contienda por la reelección.
etelon@lahora.com.gt
El próximo nueve de septiembre, 113 de 158 diputados correrán por una curul en el pleno legislativo, de igual forma 263 jefes ediles de un total de 332 se han postulado con el objetivo de prolongar su administración por cuatro años más.
La reelección de alcaldes y diputados es una norma contemplada por la Constitución Política de la República, la cual es concebida como la medida que busca darle continuidad a los proyectos impulsados por las instituciones mencionadas.
La posibilidad de una reelección indeterminada ha sido cuestionada fuertemente en los últimos años por grupos que ven en esta alternativa una forma de «dictadura» de la democracia, que permite a funcionarios presentarse a las urnas en una cuarta, quinta o hasta sexta reelección.
La ventaja de la reelección
De acuerdo con el analista ílvaro Pop, del Instituto Naleb, los funcionarios que van en busca de una eventual reelección aventajan al resto de candidatos; la razón, según explica, es la posibilidad que da el uso del poder, lo cual incluye las diferentes instancias de la organización del Estado.
A esto se debe agregar, según Pop, tomando como ejemplo el caso de los alcaldes, quienes pueden hacer uso de los recursos de las comunas, así como de las obras que muchas veces son retrasadas hasta el tiempo de campaña.
Consultado al respecto el diputado Mariano Rayo, quien también busca reelegirse con el respaldo del Partido Unionista, refiere al respecto que el tema de reelección es importante en los procesos, ya que existen proyectos que no se pueden concluir en un período de cuatro años, no obstante discrepa con Pop refiriendo que la única ventaja que se tiene en una reelección es la experiencia adquirida en un período previo.
«Existe la necesidad de abrir el debate sobre las reelecciones, sería importante discutir de la contribución que pueda darse más allá de una tercera reelección», explica Rayo.
La negación al presidente
«La persona que haya desempeñado durante cualquier tiempo el cargo de Presidente de la República por elección popular, no podrá volverlo a desempeñar en ningún caso», artículo 187 de la Constitución.
El diputado unionista estima que la anterior prohibición constitucional es una contradicción legal que genera problemas de gobernabilidad y continuidad de procesos que se ven truncados ante la imposibilidad de reelección del presidente y vicepresidente.
La legislación de este artículo, según los expertos, fue creada con el objetivo de evitar la perversión de los procesos políticos de perpetuación de la administración del Estado, esto a causa de las dictaduras heredades del siglo pasado.
Son precisamente ese tipo de perversiones políticas las que prevalecen en los municipios con alcaldes reelectos, refiere Pop, citando que «es el año electoral donde las comunas ejecutan más obras, ahorran en período electoral e incluso negocian con las constructoras con el fin de retrasar los proyectos que serán exhibidos ya en campaña.
El voto la única solución
Aún conscientes de todos los procesos viciados que incluye la administración pública de algunos funcionarios, políticos y analistas coinciden en que es mediante el voto la única forma de sustituir a cualquier funcionario.
«La posibilidad del cambio está en la conciencia del ciudadano, quien no se debe dejar influenciar por la construcción de obras a destiempo», quien a su vez debe librar las campañas de propaganda y presión que pueda crearse a su entorno.