La privatización de los servicios públicos esenciales por parte de la Corporación Municipal, que hoy son prestados por EMPRESAS DE CARTí“N y de otras de capital nacional y transnacional, con fondos propiedad de la hacienda municipal, que son avalados por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ; lo cual viola la jerarquía del orden constitucional y Código Municipal, esperando que no suceda como se suscitó en la REMODELACIí“N DEL CAMPO DE MARTE que, entre comillas, también fue transparentada tal negociación por la OMI y que le costó al pueblo de Guatemala CUARENTA MILLONES DE Dí“LARES, tan majestuosa obra de infraestructura y que nunca se supo si se investigó o no la responsabilidad del manejo de tales fondos públicos. Al gobierno Central le están cobrando la FACTURA POLíTICA, los mismos que conforman la cúpula del poder detrás del trono, con la lucha del poder hegemónico del sector financiero y de otros grupos que ejercitan el poder paralelo, esperamos que no le suceda lo mismo al gobierno municipal.
COMPATRIOTAS, subsistimos bajo un incipiente régimen de legalidad y democracia representativa, frente al cual ante el interés personal y partidario, debe prevalecer el INTERí‰S SOCIAL y el ESTADO DE DERECHO, porque si hemos perdido la autodeterminación como pueblo ante la imposición de las políticas mercantilistas del neoliberalismo económico impuestas por el GRAN IMPERIO, por lo menos debemos de tener la entereza y voluntad política pero no partidista, de exigir el respeto y cumplimiento de los principios en que descansa nuestra carta magna y leyes ordinarias, que rigen el destino de esta nación.
COMPATRIOTAS, las funciones de fiscalización del PNUD Y LA OMI, no son superiores a la jerarquía de nuestra Constitución Política, Ley de Compras y Contrataciones y Código Municipal, y la propia Ley de Contraloría General de la Nación, porque al pretenderse omitir información del activo y pasivo del erario municipal, se están violando los artículos 232, 154 y 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala, al limitarse las funciones y atribuciones del Contralor General de la Nación, del Imperio de La Ley y de la negativa hacer del conocimiento público los documentos que amparan el aval de la erogación de la hacienda municipal.
COMPATRIOTAS, nos asiste el derecho de exigir a las autoridades del Gobierno Municipal que durante el mes de febrero del presente año, rindan cuentas del manejo del erario municipal, al tenor de los regulado en el artículo 117 del Código Municipal, así como de poder accionar un cabildo abierto, para que informe sobre el destino y ejecución de los recursos de la hacienda municipal, de no ser satisfactoria tal información, también podremos acudir a promover acciones constitucionales de amparo e inconstitucionalidad por violación a los principios constitucionales ya citados, así como lo regulado en los artículos 29, 30, 31 y 45 de la Constitución política de la República, que regulan el derecho de petición e información de documentos públicos y de los casos en que los tratados y convenios internacionales tienen preeminencia sobre el derecho interno y de la normativa del Código Municipal que fuere violada.
COMPATRIOTAS, en un verdadero estado de derecho debemos fortalecer el mismo, con nuestra acciones legales. Para erradicar el oscurantismo y los males sociales del pasado, que se anteponen al INTERí‰S SOCIAL, SOLO EL PUEBLO SALVA AL PUEBLO… «VAMOS PATRIA A CAMINAR, YO TE ACOMPAí‘O» (OTTO RENí‰ CASTILLO).