Comentarios del Ministerio de la Defensa sobre la nota «Cambios en la cúpula del Ejército»


Señor Licenciado

Oscar Clemente Marroquí­n

Director de Diario La Hora

Ciudad

Señor Director:

Me es grato dirigirme a usted para saludarlo afectuosamente, deseándole éxitos al frente de ese importante medio de comunicación social al servicio de la sociedad guatemalteca solicitando su atención a la nota publicada en la edición del 30 de julio del año en curso en la página 3, con el titular: «Cambios en la cúpula del Ejército», escrito por Javier Estrada Tobar; debido a la seriedad del medio que usted dignamente dirige «Tribuna, no Mostrador», desearí­a dejar claro algunas inconsistencias de dicho artí­culo:


1. En el Gobierno de Ramiro de León Carpio no se dio ningún movimiento militar o polí­tico que atentara contra la estabilidad polí­tica del Gobierno de la República de Guatemala.

2. El General José Luis Quilo Ayuso, no fue Ministro de Gobernación y por lo tanto no lo pudieron destituir de ese cargo (inconsistencia histórica).

3. Los cambios en el Ejército de Guatemala se realizan de acuerdo a la Ley y a las necesidades del servicio. La costumbre no es normativa legal en el Ejército. Pueden haber cambios en la estructura militar en cualquier dí­a, hora o circunstancia; el Presidente de la República y Comandante General del Ejército está amparado por la Constitución Polí­tica de la República, y la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala.

4. El 30 de junio se celebra la victoria de la Revolución Liberal de 1871 y no es obligación ni argumento legal que ordene que sólo ese dí­a se puedan hacer cambios y/o ascensos.

5. Todos los meses se hacen rotaciones en el Ejército dependiendo del rol que norme la Oficina de Personal, existen de seis (6) meses, un (1) año, año y medio (1 1/2) y dos (2) años.

El Presidente de la República tiene las atribuciones que la Constitución determina para tal cargo, estando enumeradas en el Artí­culo 182 constitucional, en especial el segundo párrafo de dicho Artí­culo que lo nombra Comandante General del Ejército, función que es ampliada y especificada en el Artí­culo 246 de la Carta Magna, mismo que indica que tiene las atribuciones que señale la ley. «El Presidente de la República, como Comandante General del Ejército, ejerce el mando de las Fuerzas Armadas contadas sus atribuciones (Artí­culo 183 inciso c) y 246 de la Constitución), pero también tiene todas las funciones que le asigne además de la Constitución, la ley (inciso X del artí­culo 183)».

El Ejército de Guatemala se rige por lo preceptuado en la Constitución, su Ley Constitutiva y demás leyes y reglamentos militares.

En ningún momento la Constitución o la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala hace delegación a la costumbre ni existe en el tema tratado vací­o de ley que pueda suplirse por una costumbre PROBADA como tal.

El Presidente de la República en su calidad de Comandante General del Ejército de Guatemala actúa por conducto del Ministro de la Defensa (Artí­culo 246 de la Constitución Polí­tica de la República y Artí­culo 14 de la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala). Las facultades de éste último no son mencionadas por la Carta Magna por lo que no son establecidas por la ley ordinaria. Además de las previstas de forma general en la Ley del Organismo Ejecutivo en su Artí­culo 37, en especial su literal c) «Atender lo referente a la Jerarquí­a(…) administrar lo relativo a los ascensos, retiros y excepciones militares conforme a la ley, y actuar de conformidad con la Constitución de la República(…)» las facultades del Ministro de la Defensa están prescritas en el Artí­culo 17 de la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, en el cual se lee que: «El Ministro de la Defensa Nacional, bajo las órdenes del Comandante General del Ejército ejercerá el mando y administración del Ejército de Guatemala(…)» el numeral 11 le faculta especialmente para hacer mediante su publicación en la Orden General del Ejército, los nombramientos y remociones para los cargos y empleos militares(…)» también está facultado para llenar las vacantes que ocurran en los cargos militares, dando prioridad al grado, competencia y antigí¼edad de los candidatos».

Lo anteriormente plasmado sirve de basamento para indicar que el Presidente Constitucional de la República en su función de Comandante General del Ejército actuando por conducto del Ministro de la Defensa Nacional, al revisar los cambios hechos en el Alto Mando y otros cuadros del Ejército de Guatemala, a través de la Orden General, ha hecho valer las facultades previstas en la Constitución Polí­tica de la República de Guatemala y la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, observando la ley y sólo la ley.

Respecto a la fecha en que se realizan los cambios: no existe precepto alguno en el ordenamiento jurí­dico pertinente al Ejército de Guatemala que indique que los cambios, ascensos, remociones y/o cualquier otro movimiento en los cuadros del mismo deban hacerse en una temporalidad determinada; la Orden General es emitida con periodicidad mensual y, cuando se determine algún cambio que lo amerite se puede hacer por ví­a de un mensaje oficial. Los cambios en el Ejército pueden darse todos y cada uno de los dí­as del calendario, según las necesidades estratégicas, jerárquicas, técnicas y administrativas de la institución por determinación del Alto Mando del Ejército.

Para entender en su conjunto desde la óptica histórica polí­tica el fenómeno social de los Golpes de Estado, se recomienda leer la Tesis Doctoral del Dr. Francisco Beltranena: «Las í‰lites del Poder en la Historia Pretoriana de Guatemala», Madrid, 2004. Y sepultar de una vez por todas los fantasmas que asustan a los «expertos» en seguridad con respecto a las asonadas militares que en este siglo están fuera de contexto, al menos en lo que respecta al soldado profesional guatemalteco.

Le reitero nuestro compromiso de soldado: respetuosos de la ley, temerosos de Dios, subordinados al poder civil debidamente instituido y al servicio de los guatemaltecos y guatemaltecas ¡sin excepción alguna!

Sin otro particular, me suscribo de usted,

El Coronel de Infanterí­a DEM

Jefe del Departamento de Prensa del MDN.

JORGE ANTONIO ORTEGA GAYTíN