En un acucioso e importantísimo estudio publicado en México en 1965 o en 1966 (no tengo a la mano el dato exacto), el destacado jurista guatemalteco, doctor Adolfo Mijangos López, estudió tres Constituciones de la República que se promulgaron a partir de la emitida en marzo de 1945 por la Asamblea Nacional Constituyente que fue electa inmediatamente después del triunfo de la gesta cívico militar del 20 de Octubre de 1944. De acuerdo al estudio del régimen constitucional que el doctor Mijangos López elaboró para el período de 1945 a 1965 llegó a la conclusión de que las tres Constituciones emitidas tuvieron una vigencia promedio de diez años.
En efecto, la Constitución de la República de 1945 fue derogada a raíz de la invasión mercenaria de 1954. A partir del 27 de junio, el país estuvo normado por decretos leyes emitidos por las sucesivas juntas militares de facto y el gobierno impuesto encabezado por el coronel Carlos Castillo Armas. Dos años después, y luego que la Asamblea Nacional Constituyente se instaló como resultado de unas votaciones a base de lista única y un número de constituyentes nombrados por el gobernante, se promulgó la Constitución de 1956.
Esta Constitución estuvo vigente hasta el 30 de marzo de 1963, fecha en que fue derogada a raíz del golpe militar que depuso al gobierno del general Miguel Ydígoras Fuentes. Bajo el gobierno de facto del coronel Peralta Azurdia se instaló la Asamblea Nacional Constituyente resultado igualmente de unas votaciones amañadas y fraudulentas, y que tuvo a su cargo la promulgación de la Constitución de 1965.
El doctor Adolfo Mijangos López no alcanzó a ver la suerte que habría de correr la Constitución de 1965. Fue asesinado por las huestes criminales del gobierno de Carlos Manuel Arana Osorio. Lo que sí llegó a formular y anticipar es que con dicha Constitución podría ocurrir lo sucedido con las dos Constituciones anteriores, y que su abolición podría darse ya fuera por un golpe de Estado militar más o por su agotamiento y caducidad.
Lo que ocurrió fue lo primero. En 1982 los cabecillas de otro golpe de Estado militar procedieron a derogarla, y no es sino hasta 1985 que se promulga la Constitución Política de la República hasta ahora en vigor. La anterior estuvo vigente durante 18 años. En los últimos 53 años, la actual es la de mayor duración: ha estado vigente por 23 años.
En las actuales condiciones, la situación tiende a ser cada vez más semejante a la que se dio en mayo-junio de 1993, tanto en sus manifestaciones externas como en el fondo. El escándalo del desvío de 82.8 millones de quetzales en el Congreso de la República, el rumbo que podría tomar a partir del involucramiento en el referido escándalo del principal contendiente del actual gobernante en las votaciones más recientes y su reunión del lunes con la cúpula del empresariado organizado, le introducen nuevos elementos a la situación en que se está, confirman el estado de ingobernabilidad, la crisis generalizada de las instituciones públicas, e incidir y determinar su probable desenlace.
Ya no se trata sólo de depurar el Congreso de la República y demás instituciones del Estado. Dada la extrema gravedad de los males que afectan al país, hay que salir de ellos de una sola vez. Los paliativos sólo servirían para dar la apariencia de que las cosas están cambiando. A la larga seguirían igual o, lo que es más grave aún, el remedio podría resultar peor que la fase terminal en que se encuentra la institucionalidad y gobernabilidad del país.
El ordenamiento constitucional vigente, al parecer, ya caducó. La realidad, situación y condiciones en que está el país y los hechos más recientes, además de sus antecedentes, han sobrepasado lo que no se alcanzó a prever e institucionalizar hace 23 años.
En consecuencia, y en vista de la gravísima crisis por la que atraviesan los poderes e instituciones del Estado y el práctico agotamiento del ordenamiento constitucional vigente, lo que procedería es que los de izquierda, orgánicos y no orgánicos, a pesar de su dispersión y atomización en que están y su condición de marginales en que se encuentran, tomaran la iniciativa de abrir un debate acerca de la necesidad y procedencia de promulgar una nueva normativa constitucional del Estado y viabilizar así la refundación del país, de la República y de la Nación guatemalteca.
Se trata, entonces, de institucionalizar una normativa constitucional en la que se concreten los principios y postulados fundamentales que permitan que el Derecho se convierta en el instrumento legítimo e institucional de las transformaciones de fondo y los cambios de raíz que el país necesita.
Viene a ser, además, el camino a seguir a fin de salirle al paso a otro serranazo y su desenlace que, por cierto, no sirvió para nada, así como impedir que se retorne a prácticas del pasado que tampoco han servido para nada.
Cuando se trata de llevar a la práctica algo que se ve como procedente y necesario, puede decirse que si ayer ya era impostergable, mañana puede que sea demasiado tarde.