Caducidad gubernamental y golpes de Estado


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Este sábado se estará arribando a un año más de la aprobación de la Constitución Política de la República. El pasado 23, hace 21 años, el presidente Serrano Elías, intentó romper el orden constitucional. La Constitución actualmente en vigor es la cuarta de las Cartas Magnas promulgadas en 70 años. Entró en vigor el 14 de enero de 1986.

Ricardo Rosales Román
\ Carlos Gonzáles \
ricardorosalesroman.blogspot.com


El doctor en derecho, Adolfo Mijangos López, en un valioso ensayo que publicó en México después de la promulgación de la Constitución de 1965, sostiene que la Constitución de 1945 y la de 1956, tuvieron, como promedio, una vigencia de diez años. La de 1945 fue derogada el 29 de junio de 1954; la de 1956, el 31 de marzo de 1963.

En cuanto a la Constitución de 1965, el doctor Mijangos consideró que podría correr la misma suerte que la de 1956 ya fuera porque se derogara por un golpe de Estado o porque dejara de tener vigencia a causa de su agotamiento o caducidad. Lo primero, es lo que sucedió. Fue derogada por el golpe de Estado del 23 de marzo de 1982.

Una de las características del orden constitucional guatemalteco a partir de 1954, es sus frecuentes rompimientos, estados de sitio, toques de queda, supresión de garantías constitucionales. La gobernabilidad, sucesivamente, se agota, caduca. Del 27 de junio de 1954 al 14 de enero de 1986, el orden constitucional fue roto en tres oportunidades: la primera, el 29 de junio de 1954; la segunda, el 31 de marzo de 1963; y, la tercera, el 23 de marzo de 1982.

Del 29 de junio de 1954 al 1 de marzo de 1956, el país estuvo a cargo de cuatro sucesivas juntas militares y un presidente impuesto plebiscitariamente. Las facultades legislativas asumidas fueron validadas por los constituyentes de 1956. Del 31 de marzo de 1963 al 5 de mayo de 1966, el gobierno estuvo en manos de quien derrocó a Ydígoras y gobernó con base en la Carta Fundamental de Gobierno y decretos-leyes que, igualmente, fueron validados por los constituyentes de 1965. Del 23 de marzo de 1982 al 14 de enero de 1986, los dos gobernantes en el poder ejercieron su mandato mediante decretos-leyes y actos administrativos y de gobierno que, a su vez, fueron aprobados por los constituyentes que emitieron la actual Constitución Política de la República.

En 31 años, seis meses y 17 días, se rompió el orden constitucional en tres ocasiones e, indistintamente y por el equivalente a ocho años, siete meses y cinco días, el país estuvo gobernado bajo disposiciones de excepción, suspensión de garantías constitucionales, estados de sitio, toques de queda, represión y terror gubernamental y de Estado.

El rompimiento del ordenamiento constitucional, en el momento actual, es un peligro real. La intención de prorrogar el período presidencial, de diputados y alcaldes, y aprobar la reelección del gobernante, no es una cortina de humo ni un mero distractor. Es mucho más lo que hay detrás.

Alegar la legalidad o ilegalidad de una disposición, en un momento dado, pierde relevancia, no se acata ni respeta y, menos, cuando, de hecho, no existe la separación de poderes, instituciones independientes están copadas por el partido en el poder y quienes gobiernan, impunemente, violentan y transgreden la ley. Así se gestan las tiranías y dictaduras militares o militarizadas. Lo hizo Barrios, Carrera, Estrada Cabrera y Ubico.