Buscan evitar la irresponsabilidad paterna


Marí­a Eugenia Morales de Sierra, procuradora adjunta, presentó el recurso legal al Presidente de la Corte de Constitucionalidad.

La Procuradurí­a de Derechos Humanos (PDH) presentó a la Corte de Constitucionalidad una iniciativa legal para modificar el artí­culo 210 del Código Civil, aduciendo que éste es «discriminatorio» y «desigual» para las mujeres.

Javier Estrada Tobar
lahora@lahora.com.gt

Marí­a Eugenia Morales de Sierra, procuradora general adjunta, indicó que la legislación discrimina a las madres solteras, quienes de forma natural son reconocidas como progenitoras de los menores de edad, mientras que los padres pueden hacer el reconocimiento de forma voluntaria o bien, por medio de un juicio.

De acuerdo a la funcionaria, los padres deberí­an asumir su responsabilidad de manera obligatoria y contribuir económicamente para cubrir los gastos en los que incurran las madres para satisfacer las necesidades de los hijos.

A criterio de Morales, la ley no es equitativa por lo que merece ser analizada para realizar modificaciones en su estructura, de tal que se reconozca los mismos derechos civiles a los hombres y mujeres que son padres.

«Es un homenaje a las mujeres en conmemoración de su dí­a», indicó la funcionaria; quien recalcó la importancia de las labores de la mujer en la sociedad y el reconocimiento de su trabajo en el ámbito polí­tico, social, cultural y también legal.

Mario Pérez Guerra, presidente de la Corte de Constitucionalidad, recibió de manos de Morales la iniciativa para su posterior análisis y dictamen, ya que el cambio requiere de la aprobación y estudio de los especialistas en materia civil.

Organizan caminata

La Coordinadora 8 de marzo realizará mañana una caminata para conmemorar el Dí­a Internacional de la Mujer, la cual partirá a las 9 de la mañana de la Corte Suprema de Justicia con rumbo al Parque de la Constitución en la zona uno.

Las demandas de las veintiún organizaciones de mujeres que participarán fueron concentradas en un Plan de Cien dí­as, el cual fue entregado a la Primera Dama de la nación para que atienda las necesidades de esa población.

SEPREM


Artí­culo 210. Cuando la filiación no resulte del matrimonio ni de la unión de hecho registrada de los padres, se establece y se prueba, con relación a la madre, del solo hecho del nacimiento; y, con respecto del padre, por el reconocimiento voluntario, o por sentencia judicial que declare la paternidad.