De la noche a la mañana, la mayoría de bloques y diputados dan una muestra más del cuestionado doble discurso del que han sido señalados, bloquean Extinción de Dominio, que podría llegar a morder la mano de algunos; pero podrían optar por agilizar en el pleno la ley Antievasión 2, que a muchos no les afectaría.
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La muestra está clara, sería más difícil esquivar la fuerza que pudiera llevar una norma jurídica que ataca la Extinción de Dominio; pero sería fácil evadir al fisco y más fácil todavía solicitar rebajas de multas e intereses, que nada más pasaría.
Roberto Villate Villatoro, jefe del bloque LIDER, dijo que ayer con el cierre de la sesión permanente se cerró también la posibilidad de llegar al punto de la agenda y entrar a conocer las enmiendas y con ello aprobar de una vez la ley Extinción de Dominio.
«Hay que sacar conclusiones de quiénes ahogaron la ley», enfatizó Villate Villatoro, al explicar que recuerda que solamente Mariano Rayo, Aníbal García y los 27 diputados de su bloque pidieron seguir adelante con la sesión.
MIEDO
Roberto Alejos, presidente del Congreso de la República, para referirse a sus colegas dijo: «tienen miedo que sea utilizada políticamente», además que una queja fue que los diputados «no conocen las enmiendas, no conocen las iniciativas», y porque el artículo donde se definen los delitos es donde no hay acuerdo.
Oliverio García Rodas, presidente de la comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, aseguró que «a la comisión jamás llegó persona alguna o algún diputado, que se tenían dudas con el catálogo de delitos».
Aníbal García, diputado independiente, calificó la actitud mostrada por sus colegas en el pleno como «una estrategia de bloques, un juego perverso que indica que no quieren aprobar la ley».
OJALí Sí
Manuel Barquín, subjefe del bloque Gran Alianza Nacional (Gana), explicó que lo que solicitan los diputados es cambiar el objeto de la ley, pero «cambiar el objeto de la ley, es cambiar el espíritu de la ley».
Barquín dijo que en su bloque hay dudas pero sobre la competencia del Ministerio Público que se le abre más allá de la investigación y persecución penal. Asimismo, otra duda es la competencia que podría tener la Defensa Pública Penal, para la aplicación de Extinción de Dominio.
Barquín explicó, que el IDPP podría entrar a la defensa de personas a las que se pudiera despojar de bienes, pero la función de esa institución es la defensa de las personas de escasos recursos, y que eso hay que aclarar.
ANTIEVASIí“N 2
Mientras tanto, Mario Taracena dijo que la iniciativa de Ley Antievasión 2 la tiene en su poder pero no se ha hecho pública, porque querrían que se aprobara de urgencia nacional y además que cuenta ya con consensos de los bloques.
Alejandro Arévalo, integrante de la Comisión de Finanzas y Moneda, explicó los cuatro componentes, «todos están asociados a fortalecer la capacidad del Estado para fiscalizar a los contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones tributarias».
Vendría a fortalecer el Código Tributario, a través de poner penas más estrictas para los evasores fiscales; un capítulo que regula la relación de régimen aduanero en Guatemala porque es el único país de Centroamérica que no tiene una ley aduanera.
El tercer pilar, acerca de las facultad que tiene la Administración Tributaria para fiscalizar y el cierre de negocios que no están cumpliendo con sus obligaciones tributarias, y el cuarto, algunas modificaciones a la ley del Impuesto al Valor Agregado -IVA- para facilitar algunas operaciones especialmente la compra venta de bienes inmuebles en una segunda vez similar a la compraventa de vehículos.
Mariano Rayo, ponente de la ley de Extinción de Dominio, realizó un análisis sobre el pedido para introducir y con ello modificar el artículo uno el proyecto de Extinción de Dominio, que según su criterio técnico, «deshabilitaría casi la totalidad de la ley».
El razonamiento riguroso del diputado Rayo, es que han pedido que el objeto de la ley sea para accionar solo contra el dinero y el patrimonio de quien participe o sea parte de los grupos o estructuras de la delincuencia organizada.
Contesta el porqué de la dificultad para aplicar lo anterior, debido a que según la ley contra la delincuencia organizada contenida en el Decreto 21-2006, para ser considerada delincuencia organizada, tiene que demostrarse inequívocamente que tres o más personas se juntaron y existen durante cierto tiempo y actúen concertadamente, con el propósito explícito y premeditado de delinquir.
Roberto Alejos
Presidente del Congreso de la República de Guatemala