De Panamá llega la noticia de que el gobierno, no el Congreso, adelantó el asueto para el lunes 30 de abril. Una medida práctica e inteligente. En Guatemala el Decreto 42-2010 del Congreso estableció igualmente el corrimiento de feriados para formar puentes con la salvedad que el único asueto que se podía mover es el del 30 de junio.
El decreto en cuestión no era, curiosamente, una ley de tipo laboral sino que una ley de fomento al turismo; figuradamente podemos decir que era una ley del Inguat y no de Tribunales de Trabajo. Lo que pretendía era fomentar el movimiento interno acumulando más días de descanso. La idea no es mala, pues con tres días se pueden planificar viajes al interior, visitar familiares, realizar gestiones, conocer diferentes lugares de interés y, en algunos casos organizar con mayor dedicación para mejor realización del objeto mismo del asueto. Por ejemplo si un 1º de noviembre cae miércoles (ese no se corre) es muy difícil que quienes viven en la capital vayan a visitar a sus deudos y ponerles flores en Huehuetenango o en Chiquimula. Un día no es suficiente. Claro, está el aspecto cultural y tradicional del Día de Difuntos, pero es algo que se puede modificar en beneficio, precisamente, del protocolo y ceremonial que son propios de esas fechas. El primero de mayo es una fecha que se originó en los Estados Unidos, con motivo de una manifestación que recorrió las calles de Chicago exigiendo un máximo de ocho horas de trabajo y que fue reprimida violentamente con intervención de esquiroles y fuerza pública. Pero los norteamericanos no conmemoran esa fecha, celebran el Día del Trabajo el primer lunes del mes de septiembre (relacionándolo con el fin de las vacaciones de verano). Sin embargo en la mayoría de países se consagra el primero de mayo como Día Internacional del Trabajo que en realidad les correspondería a los estadounidenses, los demás deben rendir tributo, no a la fecha sino que al trabajo. Bien por los panameños (y muchos otros países) que pueden disponer de más tiempo para dedicar con más anchura esa celebración para los fines que estimen pertinentes. Para algunos es ocasión de reunión de líderes sindicales y manifestaciones públicas con el objeto de reflexionar acerca de los avances en materia laboral y análisis del futuro inmediato; para otros es simplemente un bienvenido descanso. El hecho concreto es que es un asueto que nuestra legislación laboral ha reconocido desde el principio. Por otra parte, regresando al Decreto 42-2010 ¿qué pasó con el Día de la Secretaria? Cayo en jueves y según la ley vigente, esto es el recién citado decreto, debió trasladarse el asueto para el día viernes 27. Nadie lo hizo. En todo caso el 42-2010 está bien intencionado, pero mal aplicado. El único asueto que puede correrse es el del 30 de junio que, dicho sea de paso, este año cae en sábado. Hay un solo puente “natural” que tiene su propia dinámica, más bien es solo el jueves, viernes y sábado santos; “de cajón” que siempre van a caer en esos días. Los demás están sujetos a ese constante vaivén del almanaque y a veces coinciden hasta con sábados y domingos. Los que resulta impensable mover son los correspondientes a las fiestas de fin de año: el 25 de diciembre es Navidad y el 1 de enero es Año Nuevo, no importando qué día corresponda. Pero no veo razón para no mover todos los demás: ¿qué más da correr un día el 20 de octubre y organizarse con más tiempo para una digna conmemoración? El día de la festividad local tendría más realce y visitantes a la feria si se coloca como lunes o viernes. Igualmente el Día de la Madre (en muchos países ya es una fiesta movible), será objeto de mejores expresiones de amor familiar y muchos hijos podrán visitar a sus madres que se encuentren lejos. Estos asuetos se tienen que dar de todas formas, por lo mismo es bueno aprovechar el dinamismo que pueden generar en otros aspectos como lo son la industria del turismo interno, la integración familiar, el desarrollo de actividades diversas, etc. En resumen voy a llamar a mi diputado (mi representante) para que promueva la iniciativa de modificar el 42-2010 y regresar a los motivos que le dieron origen, esto es, los puentes laborales.