En su artículo del 23 de julio de 2011 publicado en elPeriodico, Armando de la Torre ofende a una corriente de opinión que estima como de orden público la no elegibilidad constitucional a los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República de los ministros de cualquier religión o culto, al calificar a quienes se adhieren a esa posición: “como víctimas de un analfabetismo cultural del que él, y todos, sufrimos, en especial vía nuestra “clase política†y nuestro “estamento jurídicoâ€, según sus palabras.
Ignoro si Armando posee o no formación jurídica, pero sí sé que goza de una formación humanística, histórica y filosófica suficiente como para no ofender a otros por su opiniones contrarias a las de él, y sobre todo, para comprender a cabalidad las razones históricas y jurídicas por las cuales la Constitución vigente, que es laica –y el hecho de invocar a Dios en su preámbulo en nada le quita su adhesión al laicismo– impide el acceso de tales personas a los mencionados cargos, desde el momento que afecta muy seriamente el espíritu democrático que inspira a la República, el permitir que candidatos como los mencionados dispongan por razón de su ministerio de una feligresía coordinada a votar por ellos por el simple hecho de su adhesión a determinada corriente religiosa, lo cual pone en deslealtad y desventaja a los candidatos que no disponen de ella, pues, se supone que, como en toda contienda, los candidatos deben salir todos de la misma meta, sin que ninguno tenga, de entrada y por razón de su ministerio religioso, a sus feligreses dispuestos a votar por él.
Por otro lado, no hay que olvidar que Guatemala sufrió una Revolución –la de 1871– para lograr la separación entre la Iglesia y el Estado. La propia Biblia reconoce el principio: “Al César lo que es del César y a Dios lo que es de Diosâ€.