Analizan viabilidad de los Juzgados de Tránsito


La propuesta de los juzgados de tránsito en el OJ, busca que haya

Juristas proponen la creación de juzgados que conozcan casos relacionados al tránsito bajo el argumento existe un vací­o legal dentro del marco jurí­dico y que es inconstitucional que la Municipalidad sea la encargada de resolver casos relacionados con sanciones.

Gerson Ortiz
lahora@lahora.com.gt

A criterio del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales (IECP), la propuesta no tiene fundamento pues el Organismo Judicial debe dar prioridad a otro tipo de debilidades que lo afectan.

Sin embargo, Geovany Noriega, abogado del grupo Derecho de Defensa, explicó que anteriormente existieron los juzgados de Tránsito que conocí­an hechos como lesiones culposas, homicidios, culposos e impugnación de remisiones y que al dejar de existir estos, es la Municipalidad la que asume esa función.

«El problema con ello es que el juez nombrado como juez de asuntos municipales no es abogado, además, se convierte en juez y parte y no hay imparcialidad en su ejercicio», indicó el jurista.

Noriega añadió que el actual sistema de sanciones de parte de la Municipalidad «viola el derecho de defensa», ya que en una situación de tránsito quien recibe una infracción «siempre es culpable» y no puede presentar pruebas de descargo.

El abogado añadió que es obligación de la Corte Suprema de Justicia es la encargada de firmar un acuerdo que de vida al funcionamiento de esas judicaturas, porque considera que es una necesidad, indicó.

Traslado de juzgados

Guillermo Melgar, vocero del OJ, explicó que la disposición de retirar de ese organismo el funcionamiento de los juzgados de Tránsito y pasarlos a la Municipalidad, fue implementada durante el Gobierno del Partido de Avanzada Nacional, presidido por ílvaro Arzú, actual alcalde capitalino y cuando la comuna era administrada por Oscar Berger, ex presidente.

Melgar añadió que la Municipalidad goza de una delegación de parte del Ministerio de Gobernación que la faculta para organizar y supervisar el tránsito, pero que la Constitución es clara al indicar que el OJ es el encargado de juzgar.

El portavoz dijo, además, que los juzgados fueron suspendidos en el OJ y que a la fecha es la Cámara Penal la que deberá evaluar la propuesta y resolver si declararla con lugar o improcedente ya que es de seguridad nacional, indicó.

OPINIí“N

Marco Antonio Canteo, director del IECP, consideró que es «innecesario» que se implemente esa propuesta en el OJ ya que esa es una función de los juzgados de Paz.

«Será más productivo para el OJ que le den prioridad a las polí­ticas importantes como que se agilicen los procesos y los procedimientos no sean engorrosos y burocráticos, además, impulsar y mejorar la carrera judicial, mejorar el sistema de evaluación disciplinaria», indicó.

Respecto al tema de derecho de defensa, el analista explicó que las faltas de tránsito son en el ámbito administrativo «y es ahí­ donde se deben resolver», indicó, y añadió que el OJ debe procurar no hacer judicial más un acto que es puramente administrativo.

Para Canteo, crear los juzgados de Tránsito en el OJ y judicializar ese tipo de procesos es un riesgo ya que podrí­an conducir a la interposición de amparos y otros recursos dilatorios dentro de los proceso.

«El problema con ello (Juzgados de Tránsito en la Municipalidad) es que el juez nombrado como juez de asuntos municipales no es abogado, además, se convierte en juez y parte y no hay imparcialidad en su ejercicio».

GEOVANY NORIEGA

Abogado del grupo Derecho de Defensa