Amparos no detendrán procesos


La Corte de Constitucionalidad (CC) anunció una serie de reformas en la forma de resolver los procesos legales que busca mejorar la transparencia y agilidad en las resoluciones; entre las modificaciones resaltan las grabaciones en video de las reuniones del pleno de magistrados y que al momento en que conozcan cualquier inconstitucionalidad, ésta no detendrá el proceso principal, aspecto que anteriormente retrasaba durante meses las resoluciones.

Eddy Coronado
ecoronado@lahora.com.gt

La semana pasada en una reunión del pleno de los magistrados de la CC, establecieron normas reglamentarias, una de ellas permite que las partes puedan acompañar a sus memoriales en sus alegatos en un disco compacto, con el cual se pueden copiar los pasajes conducentes de sus alegaciones de manera que las sentencias se dicten con mayor agilidad, informó Roberto Molina Barreto, presidente de ese organismo.

También normaron la interpretación que se ha hecho del artí­culo 126 de la Ley de Amparo con respecto a la suspensión de los procesos, cuando se resuelven inconstitucionalidades en caso concreto.

Esta constitucionalidad en caso concreto ha sido utilizada por las partes como un medio para dilatar los procesos, es decir para obstaculizar la administración de la justicia y con esta norma se definió que no hay suspensión del proceso principal, si no que debe continuarse mientras la Corte conoce en apelación las inconstitucionalidades.

Barreto explicó que «esto se da mucho en los casos de extradiciones y narcotráfico, quienes utilizaban mucho esta medida de defensa para entorpecer y obstaculizar la administración de la justicia».

También se le está pidiendo al apelante que indique cuál es la parte de la sentencia de primer grado que le causa agravio para que la CC pueda definirse en ella. Además la Corte podrá disponer que se graben las sesiones de pleno, a solicitud de dos o más magistrados en determinados asuntos de alto impacto.