Al oí­do de la nueva CSJ


Una vez juramentados los trece magistrados de la CSJ enfrentan de inmediato sus dos primeros cometidos como grupo, ambos muy trascendentales: a) elegir entre ellos a su presidente  y  b) integrar las 30 Salas de Apelaciones. Para el primer efecto deben seleccionar entre ellos al primero de los cinco presidentes que, por año, debe presidir ese alto organismo. Es una tarea sumamente importante, porque la primera Presidencia marca en mucho la ruta por medio de la cual habrá de transitar durante el perí­odo. La elección define, además, las tendencias internas, esto es, se empiezan a establecer que otros magistrados pretenden ocupar la Presidencia (por lo general casi todos) y empiezan a emerger los perfiles de los grupos internos. Algunos magistrados ya se conocen, pero no todos, ni tampoco los primeros se conocen con tanto detalle. Por eso es difí­cil acomodar esta primera elección interna. Más difí­cil deviene para aquel magistrado «nuevo» que casi no conoce a nadie. ¿Por quién votar? Claro, en algún sentido es posible que emerjan algunas corrientes «de grupo», que pudiera haber «consensos» previos para votar en determinado sentido a los que algún magistrado podrá sentirse inclinado. Cuando se vota a este primer presidente quedan solamente cuatro plazas para distribuir entre los doce magistrados restantes. Empiezan a mostrarse aquí­ algunas fisuras que, si no se manejan con el concepto de comunidad, van a ir degenerando en futuras grietas que inevitablemente habrán de fragmentar la integración del conjunto. Por eso es importante el liderazgo que ejerza ese presidente. Esta primera votación se debe hacer «contra reloj» y casi a puerta cerrada. Para el dí­a de la juramentación, 13 de octubre, ya debe contarse con un presidente que será quien presida el ceremonial de la toma de posesión.  

Luis Fernández Molina

La otra misión es la de conformar las diferentes salas. También se realiza contra el tiempo y sobre parámetros muy genéricos. Sobre la mesa se encuentran 90 nombres que fueron seleccionados también por el Congreso (de la lista de 180 que previamente remitiera la Comisión de Postulación). Hay que ir integrando «ternas» que corresponden a los propietarios de cada una de las Salas de Apelaciones (Presidente y dos vocales). Para este efecto deben tomarse en cuenta los aspectos de especialidad, de compatibilidad personal y de localidad. Por lo primero, me refiero a que para salas penales se deben escoger a conocidos penalistas, lo propio para salas civiles, laborales, familia, menores, etc. No se trata meramente de «ir llenando» los espacios (con algunas preferencias de lugares), es una tarea consciente y responsable de ubicar en esos altos tribunales a verdaderos conocedores de la materia. Para ese efecto es importante definir la preparación de cada magistrado. Hay disciplinas que exigen la presencia de verdaderos conocedores que tengan amplia experiencia. La rama fiscal requiere de juristas especializados en la compleja enramada de los impuestos, le conviene al Estado para cobrar más eficientemente y les conviene a los contribuyentes para consolidar las reglas fijas con la administración. En lo mercantil las nuevas instituciones muestran su complejidad cuya definición, en casos de conflictos, deben confiarse a expertos. Familia y niñez demandan de juristas que se han desenvuelto en esos campos, de abogados que manejen la amalgama de la técnica jurí­dica con la proyección humana, caso muy parecido al terreno de lo laboral. Por compatibilidad humana me refiero al trabajo en equipo, designar en una misma sala a magistrados con afinidades que congenien para la discusión y análisis de los diferentes casos. Por último en cuanto a la localidad, considerar la disposición de algunos magistrados de trabajar en determinada región: Huehuetenango, Zacapa, Cobán, Retalhuleu, Jalapa, etc. y en el caso de preferencia mayoritaria por la ciudad capital acomodar las posiciones para mayor beneficio de los magistrados con el único objetivo de obtener de ellos el mejor rendimiento. Â