Al menos se tipifican los delitos


Mientras los diputados deciden darle vida a la Ley de Acceso a la Información, supuestamente avalada por todos los miembros del Congreso y por todas las bancadas porque nadie se atreve a decir que quiere mantener el velo de misterio sobre la administración pública, hay que decir que existen en el Código Penal regulaciones que permitirí­an mandar al bote a alguien que, como hizo el diputado Meyer, se niega a informar de actos que la Constitución de la República especifica como públicos.

Oscar Clemente Marroquí­n
ocmarroq@lahora.com.gt

En efecto, siguiendo elementales criterios lógicos se puede decir, para usar el ejemplo del suspendido Presidente del Congreso, si la Constitución establece la publicidad de todos los actos de la administración pública, se le puede aplicar lo estipulado en los artí­culos 418, 419 y 423 del Código Penal que se refieren especí­ficamente a los delitos de Abuso de Autoridad, Incumplimiento de Deberes y Resoluciones Violatorias a la Constitución porque la negativa a informar tipifica precisamente la existencia de un concurso de todos esos delitos y la actitud es obviamente punible.

La única excusa que puede tener quien oculta información de ese tipo es que no hubo una petición formal y escrita para requerirle la información y que tampoco hubo una resolución con los formalismos legales conteniendo la negativa, pero siendo un caso en el que públicamente y de manera reiterada se le pidió la información y que el Presidente del Congreso también de manera pública, en conferencia de prensa, se negó a proporcionarla, la existencia del delito es indiscutible.

Por supuesto que idealmente debiéramos tener una ley especí­fica que no sólo establezca las sanciones para los funcionarios que ocultan información sino que establezca los procedimientos para ejercitar el derecho ciudadano al acceso a la información pública que según la Constitución es todo lo relacionado con la administración, salvo cuestiones militares y diplomáticas en materia de seguridad.

Yo tengo la impresión que a la Ley de Acceso a la Información le irán dando largas y más largas hasta que se diluya la presión pública porque los diputados saben y entienden que los guatemaltecos no tenemos mucha capacidad para mantenernos enfocados en temas concretos y que con el paso de los dí­as nuestro interés se tiene que desplazar a nuevas situaciones complicadas y problemáticas que son parte del cada dí­a en el paí­s. Al fin y al cabo los que tienen que aprobar la ley son los polí­ticos y a quienes menos les interesa que exista esa transparencia y el acceso pleno a cualquier información, sobre todo a las relacionadas con el manejo de los fondos públicos, es cabalmente a nuestros polí­ticos que han sabido encontrar maneras muy peculiares para hacer micos y pericos con el dinero de los guatemaltecos. Uno de los secretos mejor guardados sigue siendo el de los fideicomisos y es obvio que no existe gran interés por transparentarlos porque, cabalmente, su razón de ser está en que escapan a la fiscalización de la Contralorí­a de Cuentas.

Pienso que debemos ir sentando precedentes y por lo menos con los instrumentos actuales, que no son por supuesto los idóneos ni los ideales, ir poniendo en la picota y acusar a los funcionarios que abusan. El Ministerio Público tendrí­a que actuar de oficio para antejuiciar a Meyer por los tres delitos tipificados en los artí­culos 418, 419 y 423 del Código Penal. Las penas no son muy grandes, pero al menos se sentarí­a un precedente.