Aguas dulces


«El agua dulce es un recurso natural escaso, que por efectos de distintos fenómenos se vuelve cada vez más valioso económicamente y mas esencial en términos de servicios y necesidades sociales».

Carlos Asturias

Dr. César Raúl Magnani.

Referirse al delicado tema del uso adecuado y social del AGUA, necesita un basamento sólido y fuerte que permita no sólo su apropiado, sino también el beneficio social colectivo; que mejor entonces que el basamento que el curso sobre gestión integrada de los recursos hí­dricos y a través de la Universidad de Buenos Aires, el doctor Magnani expone.

* Las normas estructurales no deben resultar en monopolios o deterioros ambientales.

* La regulatorias no deben ahogar el sistema económico.

Basado en esas dos escogidas premisas el objetivo es demostrar que el uso adecuado del recurso hí­drico es un problema a nivel gubernamental; ningún institución privada puede abrogarse el derecho del uso de esas aguas, sin existir la reglamentación necesaria.

1. Queda definido así­, que el agua si puede ser usada para usos privados, será bajo el tutelaje permanente de la institución gubernamental correspondiente y bajo el pago por el uso de la misma.

2. Casos contaminantes de aguas dulces por empresas privadas A UN RECURSO NATURAL de la Nación, deben estar sujetos a multas y penas legales, acordes a la dimensión del daño de la causadora. Propiedad privada de zonas de riberas de cuerpos hí­dricos, y deben ser tratados con el atención que cada caso especifica y requiere. Lo anterior nos conduce casi en su totalidad a delegar el uso del agua, sobre todo en Hidroeléctricas al gobierno del Estado, de igual manera a irrigaciones o bodegas de descarga de materiales de cualquier í­ndole.

3. El uso por entidades privadas nunca debiese ser gratuito y menos aun exento de los estudios de Medio Ambiente, ejecutados por el Ministerio correspondiente. No hay razón que permita exigir a los habitantes la descontaminación de fuentes de agua por el uso de instituciones privadas. No hay forma de imponer más cargas tributarias a quienes no juegan ningún papel en el uso de esas aguas.

4. La reglamentación necesaria es urgente y no un motivo de utilización politiquera de momento.