Administrar la hacienda pública (II)


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Como consecuencia legal del mandato constitucional de “administrar la hacienda pública con arreglo a la ley”, el presidente Otto Pérez Molina es, sin duda alguna, responsable de haber nombrado a las actuales autoridades del Puerto Quetzal. Con los nombramientos efectuados se convierte en solidaria e ilimitadamente responsable del actuar del interventor y del subinterventor.

Juan Francisco Reyes López
jfrlchapin@yahoo.com


Procede preguntar si el interventor y subinterventor nombrados son expertos administrativos, personas de conocida trascendencia en ese campo y por consiguiente personas adecuadas para estar al frente de la empresa pública de mayor trascendencia económica que actualmente tiene el país. Al proceder a analizar a las personas contratadas, encontramos que el interventor Allan Marroquín Castillo es el colegiado 5,568 y según informaciones públicas, desde su graduación, se ha dedicado a ejercer la profesión de abogado y notario, en sociedad con su padre, el también abogado José María Marroquín Samayoa, colegiado 1,033, quien sin duda alguna es un profesional de conocida trayectoria en la asesoría empresarial, que incluso participó en la privatización de Guatel. Por consiguiente, sus antecedentes y experiencias no son de tipo administrativo. Lo mismo puede decirse del subinterventor, quien no destaca por su actuar previo en la administración privada o pública. Ello permite preguntarse por qué el Presidente nombró a estas personas en la intervención de Puerto Quetzal, y la respuesta lógica es que deseaba tener como interventor a alguien que atendiera y respondiera, con una buena capacidad jurídica, al posible actuar en la administración del puerto, como lo que sin duda alguna es el conceder un usufructo de tan enorme trascendencia, temporal y económica.
Esto se ve reforzado por varios hechos, el primero es la declaración y justificaciones que el secretario general de la Presidencia, Gustavo Martínez Luna, ha expresado en la columna titulada “Legal y viable”, publicada en Prensa Libre. Segundo, los campos pagados que en todos los medios escritos efectuó la Portuaria Quetzal, y tercero, las declaraciones del interventor que siempre insiste en indicar que el proceder no es “ilegal”.

El cuarto aspecto, es el hecho que el contrato de usufructo lo firmara, no el interventor sino el subinterventor, Julio Sandoval, hecho que le permite al interventor personalmente no ser directa y concretamente responsable de lo firmado.

El quinto aspecto improcedente es que el usufructo se firme con una sociedad de menos de seis meses de creación, con un capital suscrito y pagado de cinco mil quetzales, a lo que se agrega la información que esta empresa no aportará capital propio sino lo obtendrá de préstamos con bancos guatemaltecos y así poder realizar la ampliación del puerto y un parque de contenedores de manejo privado.

El Presidente de la República debe estar claro que la forma del negocio puede ser jurídicamente viable pero que el fondo, la esencia está en contradicción con la forma. Evidentemente, las reservas que posee Puerto Quetzal, así como el patrimonio de la empresa, le permiten hacer esa ampliación y esa inversión sin problemas o límites económicos, que la rentabilidad para la hacienda pública y para el país sería muy superior a la de ese contrato. Por consiguiente, el Presidente debe “defender el patrimonio de Guatemala” y no “acomodar las normas para hacer negocios turbios”, de lo contrario su actuar lo colocará como el responsable del fracaso, en este gobierno, en el manejo y administración de la hacienda pública. “Es LA HORA de actuar con verdadero PATRIOTISMO”.
¡Guatemala es primero!
Continuará.