Administrar la hacienda pública (I)


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Es obligación del Presidente de la República “Administrar la hacienda pública con arreglo a la ley”, disposición que contiene el artículo 183, inciso q) de la Constitución. El éxito y fracaso del gobierno radica en ese precepto. Qué distinta sería la situación del país si la mayoría de los gobiernos hubieran logrado adecuadamente la aplicación de ese concepto.

Juan Francisco Reyes López
jfrlchapin@yahoo.com


Justo Rufino Barrios cedió Chiapas, Campeche, Tabasco, Soconusco y Yucatán porque no supo administrar lo que era el territorio nacional; sucesivos gobiernos fueron concediendo fincas para desarrollar el cultivo del café, en detrimento de la mayoría de la población del país. La concesión del ferrocarril no fue de mayor beneficio para los guatemaltecos, por el contrario, enriqueció a una compañía extranjera, lo mismo aconteció con las vastas extensiones que se otorgaron para que la United Fruit Company sembrara y exportara el banano.

En fechas recientes, el gobierno que presidió Álvaro Arzú privatizó el servicio telefónico, la distribución de la energía eléctrica y la cogeneración, sin considerar que estaba cediendo servicios públicos que administrados adecuadamente en copropiedad privada y pública serían, como lo son, sumamente rentables, tan productivos como el Canal de Panamá, suficientes para cubrir la mitad del presupuesto de gastos del Estado.

Hablar de competitividad conlleva eficiencia. ¿Cuántos millones se han gastado en rumiar el concepto y en la práctica cuál ha sido el resultado? Comisionados van, comisionados vienen y ni siquiera en el aire se detienen. Los ministros son nombrados por el Presidente, están a cargo de las diferentes áreas de la administración pública. Si el costo de vida aumenta, la responsabilidad de actuar es del Ministro de Economía y por consiguiente del Presidente que lo nombró, el ministro no debe zafarse y lavarse las manos.

Partiendo del mismo principio, será adecuado que el Ministro de Hacienda le seda en propiedad inmuebles  al Instituto de Previsión Militar  por Q116.4 millones, como se publicó recientemente en el diario oficial y lo criticara acertadamente en Prensa Libre, Margarita Carrera.

No pongo en duda que el Instituto de Previsión Militar debe tener ingresos suficientes para cumplir con sus obligaciones y programas; sin embargo, por qué cederle esos bienes si el inmenso inmueble que antes ocupara el Hospital Militar la Guardia de Honor, el Estadio del Ejército o la Escuela Militar de Equitación, están siendo totalmente subutilizados por el Ejército, perfectamente podrían ser estos los bienes que se le trasladaran al IPM y no continuar inactivos en manos del Ejército. Si algún ministerio tiene bienes inmuebles subutilizados sin duda alguna es el Ministerio de la Defensa.

Es más, el IPM perfectamente podría hacer arreglos con los bancos privados y construir varios edificios en los terrenos mencionados, que el Ejército no está utilizando y alquilárselos a 25 años plazo a diferentes ministerios, secretarias o fondos que están alquilando bienes privados, como por ejemplo el Ministerio de Trabajo, Fonapaz, el Parlamento Centroamericano, etc.  El dinero en alquileres es como el agua que se escurre, se va a los ríos y al mar, distinta es el agua que se aprovecha en la agricultura, en consumo humano y en generación eléctrica.

En el gobierno, por mandato constitucional, es el Presidente de la República el responsable de administrar la hacienda pública, ello implica desde nombrar o sustituir y supervisar a las personas que administran los puertos, la seguridad social y el conjunto de los bienes de la hacienda pública.
¡Guatemala es primero!
Continuará.