Accionan contra seguridad especial para la Contralora


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Trabajadores de la Contraloría General de Cuentas de la Nación presentaron una acción de inconstitucionalidad parcial ante la Corte de Constitucionalidad contra varios artículos del acuerdo 192-2314

POR EDER JUÁREZ
ejuarez@lahora.com.gt

Que en otras cosas establece la creación de un cuerpo especial de seguridad  para la Contralora y su familia, que les protegerá incluso cuatro años después de dejar el cargo.

La acción fue impulsada por trabajadores del Sindicato de Trabajadores de la Contraloría Unidos por el Desarrollo (SITRAUD) –que también presentó un memorial para complementar la inconstitucionalidad.

Los sindicalistas indican que con la disposición de seguridad no se previó los efectos colaterales y negativos que tiene, ya que trasgrede en forma directa al artículo 6 del Decreto 89-2002 del Congreso de la República, Ley de Probidad y de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados Públicos.

Además indica que la disposición, reglamentaria, irrespeta en extremo, la descentralización de la CGC, por ordenar que se le brinde protección y seguridad física hasta por cuatro años, a una persona que deja el cargo, se retira a su vida privada, concediéndole un privilegio que ningún contralor tuvo.

A criterio de los sindicalistas, se considera considerar un exceso de imposición, puesto que se ordena también, que le permita elegir dentro del personal de seguridad de la Contraloría a los que prefiere que le den seguridad, lo cual constituye a una transgresión a la garantía de derecho de igualdad.

El 3 de julio el Ministerio de Gobernación a través del Acuerdo Gubernativo 192-2014 emitió el “Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas” el cual establece que el Estado proveerá seguridad desde este año a la titular de la CGC, Nora Segura,  e incluso cuatro años después de haber entregado el cargo, lo que suma cuatro años y medio de protección.

El artículo 28 de la referida normativa, publicada el 16 de junio, ordena dar seguridad al funcionario que ocupe el cargo por ocho años, los cuatro años de su gestión más cuatro años a partir de la entrega del cargo.