A un mes del acceso a la información pública


La inminente vigencia de la Ley del Acceso a la Información Pública en Guatemala ha hecho que algunas instituciones estatales se hayan dedicado a revisar sus archivos durante estos primeros dos meses del año en curso; y no es extraño que algunos ex funcionarios que ejercieron cargos en diferentes ministerios de Estado, han estado llegando a «revisar» algunos expedientes a sus antiguas oficinas.

Fernando Mollinedo

El acceso a la información gubernamental tendrá estándares similares en cualquier municipio o departamento del paí­s; de acuerdo con la Constitución Polí­tica de la República de Guatemala, la publicidad de los actos y la información en poder de la administración pública, así­ como el libre acceso a todas las instituciones, dependencias y archivos de la misma, sin más excepciones que las previstas en el texto constitucional, será del dominio público.

El Decreto 57-2008 del Congreso de la República, LEY DE ACCESO A LA INFORMACIí“N PíšBLICA, establece que regirá el principio de «máxima publicidad» en la información que posea cualquier «sujeto obligado», es decir, autoridad, entidad, órgano y organismo estatal o municipal; transparencia en el manejo y ejecución de los recursos públicos y actos de la administración pública; gratuidad en el acceso a la información pública y la sencillez y celeridad e procedimiento.

Quienes no observen el cumplimiento de esta ley, serán sujetos a sanciones contenidas en los artí­culos del 61 al 67 de dicha ley. Las entidades estatales y municipales están obligadas a crear órganos especializados en materia de transparencia y para el efecto se les concedió el plazo de seis meses para cumplir con las disposiciones.

Con esta nueva ley se incrementará el uso del derecho de acceso a la información, pues será necesario solo acreditarse como ciudadano y no se tendrá que responder para qué se quieren los datos y la respuesta se tendrá de manera más expedita. Los partidos polí­ticos y los sindicatos no están incluidos como sujetos obligados, lo cual para algunos analistas polí­ticos y laborales la decisión es correcta.

Con la vigencia de esta nueva ley se avanzará en transparencia y prevención de la corrupción, lo cual hará que el Estado guatemalteco encamine sus pasos hacia una cultura de responsabilidad. En el paí­s estamos apenas en la construcción de una cultura de la rendición de cuentas, en la que estuvimos atrasados durante nuestra vida institucional debido a la caracterí­stica de regí­menes polí­ticos cerrados y personalistas.

Los sujetos obligados serán todas aquellas instituciones que están en la obligación de proporcionar la información que se les requiera, para el efecto, se habilitarán los portales electrónicos de cada institución; es decir, les será obligatorio tener un portal en Internet; al cual podrán tener acceso los interesados. ¡¡Bienvenida!!