A presidir la CSJ por cinco años


La Constitución Polí­tica de la República de Guatemala establece que cada año tiene que elegirse Presidente de la Corte Suprema de Justicia y que quien no podrá reelegirse durante el perí­odo de cinco años que duran en su cargo los magistrados. Sin embargo, con base en una resolución de la Corte de Constitucionalidad que trató con ella de salir al paso de una ruptura del orden constitucional, se ha dispuesto que el Vocal Primero de la Corte desempeñe el cargo si no se puede elegir a nuevo Presidente y resulta que ese vocal es el mismo abogado ílvarez que desempeñó ya en el primer año la Presidencia del poder judicial.

Oscar Clemente Marroquí­n
ocmarroq@lahora.com.gt

Y tomando en cuenta que las diferencias entre los dos bloques de magistrados son en verdad irreconciliables porque se trata de enfoques totalmente opuestos respecto a la Justicia en Guatemala, en la medida en que prevalezcan principios lo más probable es que no haya posibilidad de acuerdo durante los cinco años. Eso significa que el doctor ílvarez serí­a presidente de la CSJ durante todo ese largo perí­odo, en abierta y total violación de la norma constitucional.

Menciono lo anterior porque constituye, sin duda alguna, el ejemplo más ilustrativo del problema legal provocado por la crisis en la Corte Suprema de Justicia y sus implicaciones en cuanto al estado de Derecho en el paí­s. Imaginemos por un momento que algún problema o falta de acuerdo en el Tribunal Supremo Electoral no permita declarar Presidente electo a ningún candidato luego de una segunda vuelta. De conformidad con el criterio de la CC, tendrí­amos que suponer que al Vicepresidente actual le tocarí­a continuar en el cargo o imaginar alguna otra fumada que se pudieran disparar los magistrados para «subsanar» el vací­o, mismo que de acuerdo a la normativa de nuestra ley fundamental, no puede darse.

Si alguna duda se tiene sobre la crisis de gobernabilidad y la fragilidad del Estado de Guatemala, basta poner los ojos en la Corte Suprema de Justicia, no digamos en otras instituciones también acéfalas, para entender que estamos llegando a una situación sumamente peligrosa que si no se puede calificar aún como una ruptura total del orden constitucional, nos coloca al borde cuando menos de esa situación Por tradición, los guatemaltecos asumimos que se rompe el orden constitucional cuando se derroca al Presidente de la República, porque eso ha sido lo acostumbrado a lo largo de nuestra truculenta historia. Pero el Presidente de la República es como los presidentes de los otros poderes del Estado y por lo tanto el incumplimiento para designar a uno de ellos con apego a la norma esencial de la República tiene que reputarse como una ruptura del orden que la Constitución establece.

No es una cuestión semántica, sino de apego al estado de Derecho y de elemental respeto a la Constitución. Claro está que en Guatemala todos se pasan las normas constitucionales por el arco del triunfo. El caso de nombrar a un viceministro que formalmente es mandatario de un contratista del Estado es una muestra ejemplar de cómo se violenta el ordenamiento en medio de la impunidad que prevalece. Pero en el caso de la Corte Suprema de Justicia, la posibilidad «legal» de que el señor ílvarez sea presidente del poder judicial durante los cinco años si no hay acuerdo entre los magistrados, es espeluznante y demuestra que aceptamos tranquilamente que se le juegue la vuelta a nuestra Ley Fundamental. Los ciudadanos tenemos que exigir respeto al Estado de Derecho y en el caso presente eso no está ocurriendo.