El Refugio de la Niñez conoció desde el año pasado a la fecha, 21 casos de niñas que fueron sometidas a uniones serviles o forzadas con hombres mayores que ellas. Las menores de edad han sido negociadas por terrenos, parcelas o por montos que pueden superar Q30 mil.
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*Ana es una niña originaria de la aldea Cumbre de San José, en Izabal, desde los 8 años se ha dedicado a vender frutas para apoyar económicamente en su hogar. Hace algún tiempo, conoció a un hombre de 62 años, quien les pidió “autorización” a sus familiares para que ella fuera “su novia”.
La niña de apenas de 12 años, prácticamente fue entregada al anciano que se la llevó para que conviviera con él. Además de violarla, también la explotaba laboralmente, pues la levantaba a las 04:00 horas para que trabajara en sus plantaciones de piña, le limitó la comunicación con sus padres y la tenía prácticamente encerrada.
Según la denuncia transmitida de la comunidad de Izabal a El Refugio de la Niñez, quien acompaña el proceso legal en contra de Nicolás López Pérez, detenido el 8 de febrero por violación, la menor habría sido negociada por Q30 mil.
Sin embargo, este no es el único caso que se documenta, del 2013 a la fecha, la organización conoció 21 casos de menores obligadas a convivir con hombres mayores. Estos hechos se registraron también en Baja Verapaz, El Progreso y otros departamentos del Occidente del país.
“DELITO”
Leonel Dubón, director de El Refugio de la Niñez, explica que las uniones serviles o forzadas constituyen una modalidad de la trata de personas y debe ser tipificada como delito, aunque desafortunadamente esta práctica siempre ha existido, sólo que ahora hay más denuncias de la comunidad.
“No es una modalidad nueva, creemos que se ha incrementado el nivel de denuncia de las comunidades, aparentemente es una vieja práctica donde los padres han negociado a sus hijas, no sólo por dinero en efectivo como en el caso de Izabal, sino también con terrenos”, lamenta el activista.
Según el Artículo 47, del Decreto 9-2009, Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. La trata de personas constituye un delito y quien cometa ese acto puede ser sancionado con prisión de 8 a 18 años y multa de 300 mil quetzales.
Agrega, que para los fines de trata de personas, se extenderá como fin de explotación: la prostitución ajena, cualquier forma de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, cualquier tipo de explotación laboral, mendicidad, cualquier forma de esclavitud, la servidumbre, la venta de personas, la extracción y el tráfico de órganos y tejidos humanos, el reclutamiento de personas menores de edad para grupos delictivos organizados, adopción irregular, trámite irregular de adopción, pornografía, embarazo forzado o matrimonio forzado y servil.