A DISCUSIí“N REQUERIMIENTO PRESUPUESTARIO DEL TSE;


En los 12 procesos electorales que ha convocado el Tribunal Supremo Electoral (TSE) en los últimos 20 años, no existe precedente acerca de la actitud asumida por el Ejecutivo y su representación en el Congreso de la República, en el sentido de limitar el presupuesto del órgano electoral a la mitad de sus requerimientos, incluso señalar de manera abierta su duda sobre la capacidad del tribunal en la descentralización de las mesas receptoras de votos, en detrimento de su autonomí­a.


ARTíCULO 122 DE LA LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLíTICOS

El artí­culo 122 de la Ley Electoral y de Partidos Polí­ticos, Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), establece que «corresponde al TSE una asignación no menor del 0.5% del Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado para cubrir sus gastos de su funcionamiento y de los procesos electorales».

«El año en que se celebren procesos electorales o procedimientos consultivos, la asignación indicada se aumentará en la cantidad que sea necesaria para satisfacer los egresos inherentes al proceso de elecciones, conforme la estimación que apruebe y justifique previamente el TSE».

«Dicha cantidad deberá ser incorporada al Presupuesto y entregada al tribunal un mes antes de la convocatoria de dichos procesos electorales o procedimiento consultivo».

«Si transcurrido el plazo, el tribunal no contara con dichos fondos, deberá tomar las medidas de emergencia necesarias para que el proceso electoral respectivo se lleve a cabo, tales como contratar préstamos con los bancos del sistema con garantí­a de futuras asignaciones presupuestarias, o bien ayudas directas del exterior que no comprometan las finanzas del Estado, ni la independencia y funcionalidad del tribunal».

MAGISTRADOS DE ROMERíA

Las diferentes corrientes polí­ticas que integran la comisión de Finanzas Públicas y Moneda escucharon el lunes de esta semana a los magistrados, quienes en un hecho sin precedentes en los 12 procesos electorales que el TSE ha convocado en los últimos 20 años, llegaron al Legislativo a justificar su presupuesto, que asciende a Q409 millones para financiar las elecciones generales 2007.

Quienes abogan por la independencia del tribunal creen que la romerí­a al Legislativo socava su autonomí­a, pero quienes autorizan los fondos piensan de manera contraria. La ley los faculta a pedir una justificación, porque si bien el nuevo ordenamiento legal manda al TSE a descentralizar las mesas receptoras de votos, estiman que el gasto es elevado en comparación a los dos procesos electorales anteriores (1999 y 2003).

COMISIí“N DE FINANZAS SE REíšNE

El martes, la comisión de Finanzas Públicas abordó el tema en el punto uno de la agenda, dada la urgencia del requerimiento tribunal electoral, que no puede esperar más tiempo, según afirmó su presidente, í“scar Bolaños Parada, quien junto a sus colegas, un dí­a antes detallaron a los diputados renglón por renglón que lejos de aclarar despertaron más dudas por lo abultado de las erogaciones.

Los diputados no tomarán una decisión inmediatamente, porque la comisión de Finanzas, escuchará el viernes al ministro de Finanzas Públicas Hugo Beteta, en lo relativo a la reasignación del gasto para posteriormente determinar de dónde obtendrán recursos para satisfacer los requerimientos del tribunal y de otras instituciones, que como la Universidad de San Carlos, también están demandando.

AMPARO NO DEBE DESCARTARSE

El ex magistrado del TSE, Gabriel Medrano Valenzuela, señala que la Ley Electoral y de Partidos Polí­ticos establece opciones para el financiamiento de las elecciones generales que con buen tino en su momento promovió el licenciado Arturo Herbruger Asturias, sin embargo, también existen mecanismos legales para garantizar la realización de los eventos electorales (Vea artí­culo 122 de la Ley Electoral).

Se refiere el profesional especí­ficamente al recurso de amparo, que de persistir la negativa de dotarle los recursos necesarios, podrí­a el tribunal interponer en contra del Congreso de la República y del Organismo Ejecutivo, el cual en su opinión procederí­a, obligando al Legislativo a aprobar los fondos y al gobierno erogarlos.

Ni siquiera en el proceso electoral que llevó al poder al ingeniero Jorge Serrano, durante el gobierno de la Democracia Cristiana, con un í­ndice inflacionario «altí­simo» hubo regateo como ahora, recuerda Medrano, quien señala que la reforma al artí­culo 122, establecido en el Decreto 35-2006, en lo relativo a la justificación del presupuesto, socava la autonomí­a del tribunal, porque disminuye lo imperativo de la norma.

EXISTE VOLUNTAD PARA OTORGAR LOS Q409 MILLONES

El presidente de la comisión de Finanzas del Congreso de la República, el diputado Manuel Baldizón, de la UNE, afirmó el lunes que contaba ya con el dictamen que daba luz verde a la erogación por ese monto, pero en horas de la tarde, tuvo que retractarse, porque no contaba con el apoyo de los diputados que también integran esa sala de trabajo y que pertenecen a los bloques mayoritarios.

El tema llegará a los comités ejecutivos de los partidos polí­ticos y será en los próximos dí­as cuando los representantes en esta sala de trabajo asuman una posición.

UNE Y FRG DECIDEN EN LA COMISIí“N, PERO EL PLENO TIENE LA íšLTIMA PALABRA

Para evacuar un dictamen, sea éste favorable o desfavorable, se requiere del voto de la mitad más uno del total de diputados que integran la comisión. La comisión de Finanzas, quizá la más importante del Congreso de la República por el volumen de trabajo y decisiones trascendentales en esa materia que toma, está integrada actualmente por 21 diputados y juntos los bloques de la UNE y FRG, ostentan la mayorí­a absoluta.

Será en las próximas reuniones de la comisión de Finanzas que los diputados asuman una posición, porque para entonces, sus respectivos comités ejecutivos nacionales, habrán tomado una decisión polí­tica en ese tema, mientras tanto, los señores magistrados tendrán que esperar y/o buscar otras fuentes de financiamientos, tal como lo prevé la ley o bien readecuar su presupuesto a lo disponible, de todas maneras la ley los faculta a descentralizar los centros de votación de manera discrecional bajo determinados parámetros.

LOS NíšMEROS DE LA DISCORDIA

Q40.5 millones de gastos no previstos

Q10 millones en transferencias

Q19.7 millones en otros materiales y suministros

Q48.3 millones en gastos de representación

Q3.5 millones bono electoral

Q7 millones en arrendamiento de vehí­culos

QUIENES INTEGRAN LA COMISIí“N DE FINANZAS

Manuel Baldizón (UNE)

í‰dgar Leonel Rodrí­guez Lara (FRG)

Roxana Baldetti (PP)

Carlos Waldemar Barillas (Gana)

Carlos Bautista (FRG)

Otto Cabrera (UCN)

Leonardo Camey Curul (UNE)

Lilian Elizabeth Donis (UNE)

César Fajardo (UNE)

José Conrado Garcí­a (UNE)

Roberto Kestler (UNE)

Joel Rubén Martí­nez (PAN)

Julio René Morales Arévalo (UCN)

Luis Fernando Pérez (FRG)

Héctor Julio Pérez Rojas (Independiente)

Haroldo Quej Chen (FRG)

Ví­ctor Ramí­rez (Gana)

Mariano Rayo (PU)

Mario Rivera (FRG)

Carlos Alberto Solórzano (PP)

Mario Taracena (PAN)