Presupuesto para el desarrollo, no para enriquecer corruptos General Pérez, ésta es su primera prueba Prisión para los diputados que vayan contra la Constitución


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General Pérez no se deje, no permita que algunos diputados sigan obstaculizando el desarrollo del paí­s y sigan empobreciendo a los guatemaltecos. Póngales un alto, atrévase a enfrentarse a ellos. Asegúrese que se vayan presos todos aquellos diputados que vayan contra la Constitución, los guatemaltecos lo apoyaremos, ya estamos cansados de la irresponsabilidad, abusos y aprovechamiento de muchos diputados. El Estado de Guatemala se organizó para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común. No se organizó para hacer millonarios a unos pocos polí­ticos y sus familias, ni para darle de comer a unos vividores, ni para desperdiciar el dinero de los ciudadanos.

Alfonso Carrillo M.
alfonso.carrillo@meimportaguate.org

 


Según muchos de los diputados actuales, el presupuesto es para lo que a ellos se les ocurra, están totalmente equivocados.  Repito, el Estado de Guatemala es para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es el bien común.  Además el Estado tiene el deber de garantizar a los habitantes de la república la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.

El Presupuesto del Estado sólo puede disponer ingresos y gastos para que el Estado proteja a la persona, buscar el bien común y pueda cumplir con sus deberes, no puede contrariar las disposiciones de la Constitución y si las viola o tergiversa es nulo.

La Constitución es clara, sus considerandos indican que se escribió con el fin de organizar jurí­dica y polí­ticamente al Estado, donde gobernados y gobernantes procedan con absoluto apego al Derecho. Los diputados irresponsables, los que no se aseguran porque se cumpla la Constitución y proponen o aprueben algo diferente deben ser procesados penalmente. 

General Pérez, su primera función constitucional como Presidente es cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.

El Estado debe crear las condiciones que faciliten el uso y disfrute de la propiedad, de manera que se alcance el progreso individual y el desarrollo nacional en beneficio de todos los guatemaltecos.   El Estado no puede apropiarse de los impuestos y disponer de ellos antojadizamente, deben ser gastados conforme las disposiciones de la Constitución.

Es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna. La educación pública en Guatemala es un desastre y el medio de sobrevivencia de Joviel Acevedo y compañí­a.

El Estado debe velar por la salud y la asistencia social de todos los habitantes. Los hospitales públicos son incapaces de proveer los servicios que la población necesita.

El Estado debe tratar de lograr el pleno empleo y la equitativa distribución del ingreso nacional.

Son obligaciones fundamentales del Estado, entre otras, promover el desarrollo económico de la Nación, velar por la elevación del nivel de vida de todos los habitantes del paí­s, impulsar activamente programas de desarrollo rural que tiendan a incrementar y diversificar la producción nacional, fomentar mercados para los productos nacionales, mantener dentro de la polí­tica económica una relación congruente entre el gasto público y la producción nacional, crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros y otras más.

El Estado debe velar porque la alimentación y nutrición de la población reúna los requisitos mí­nimos de salud.

El poder proviene del pueblo. Su ejercicio está sujeto a las limitaciones señaladas por la Constitución y la ley. Ningún diputado puede arrogarse el ejercicio del poder.

El imperio de la ley se extiende a todas las personas que se encuentren en el territorio de la República, incluyendo a todos los diputados del Congreso.

Los diputados son funcionarios, depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella.
 
Los diputados que aprueben un presupuesto o que promuevan un presupuesto que va contra lo dispuesto en la Constitución son responsables legalmente por su conducta, sujetos a la ley y deben ser procesados penalmente por infringirla.