NO, no voy a referirme en esta ocasión al problema suscitado entre Guatemala y México por el corrimiento arbitrario e inconsulto de los mojones delimitantes que hizo el Gobierno mexicano; hoy no aludo ese tema, porque vox pópuli es conocido que los funcionarios guatemaltecos no tienen el producto de gallina necesario para hacer valer los derechos de Guatemala en ese sentido. ¿Pasará lo mismo que con Belice? Recordemos que son los mismos funcionarios.
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Hoy me refiero a que en México “la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados elaborará un proyecto de decreto de reforma a los artículos de la Constitución para incluir en el marco legal la figura de la revocación de mandato. Esta figura de rango constitucional se aplicaría a los servidores públicos electos popularmente, bajo el principio y procedimientos de la democracia participativa.
El proyecto de decreto señala que la participación del pueblo en forma directa para revocar el mandato seguirá las disposiciones que la democracia participativa exige y será el Instituto Federal Electoral el encargado de organizar, promover e instrumentar los mecanismos de la participación popular.
En el caso de los municipios, se prevé que los ciudadanos que habitan en ellos podrán revocar el mandato de los servidores públicos municipales que hayan sido electos, si éstos no cumplen con las funciones que les impone el cargo o con las obligaciones que la ley establece para ese fin†Lo anterior está publicado en el periódico La Jornada del día de ayer.
En principio, me parece una magnífica idea el hecho que se pueda crear una figura a nivel constitucional que le permita al pueblo elector, revocar el mandato conferido por causas específicas, tales como el incumplimiento de deberes, transfuguismo político en el Congreso, comisión de delitos en el ejercicio de cargo público y otros formas más. Los mexicanos están iniciando dicha tarea estableciendo como campo de aplicación el ámbito municipal debido a la extensión de su territorio; sin embargo, acá en Guatemala, bien podría hacerse para que sea de aplicación general a todos los servidores públicos electos.
De esa forma, tal vez, el Estado guatemalteco recupere aspectos tan esenciales que le den seriedad y credibilidad en su accionar como lo son: el cumplimiento real de las leyes de servicio civil; calidad profesional probada para el desempeño de funciones públicas (aquí cualquier hijo de… vecina puede ser canciller, ministro y hasta presidente, ¿o no?) y, sobre todo, el cumplimiento de las promesas electorales. ¿Se atreverán los dos candidatos a expresar de forma pública su criterio al respecto, antes del día de las elecciones? ¿Se atreverá algunas de las instituciones con iniciativa de ley a proponer tal circunstancia cuando inicien labores en el nuevo período legislativo? Ya veremos si mintieron o no.