La resolución de la Corte Suprema de Justicia que autoriza inscribir la candidatura presidencial del archicomerciantempresario religioso Harold Caballeros, es contraria al carácter laico del Estado de Guatemala, además genera serias dudas por el voto razonado de cuatro magistrados, un voto en contra y ocho votos a favor; esa votación fragmentada revela controversia, falta de unidad de criterio al momento de adoptar la decisión, es decir, la ausencia de unanimidad más el análisis del voto razonado de cuatro magistrados,
Argumentando el tema de la laicidad del Estado; indica que la resolución aludida es controversial, que el desacuerdo genera nuevas dudas sobre la legalidad y legitimidad del proceso electoral y sienta un mal precedente, que abre la puerta para que en el futuro cualquier ministro de cualquier denominación religiosa, pueda acceder a la Presidencia de la República y desde ese alto cargo público, favorezca intereses de su religión, manipule políticamente a sus devotos, desvíe fondos públicos para la/las iglesias de su simpatía y convierta al país en un Estado teocrático y/o fundamentalista.
Las funciones del Estado son públicas y de acuerdo al preámbulo de la Constitución de la República se afirma, “… la primacía de la persona humana como sujeto y fin del orden social; reconociendo a la familia como génesis primario y fundamental de los valores espirituales y morales de la sociedad y, al Estado, como responsable de la promoción del bien común, de la consolidación del régimen de legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz;…â€
Al contrario, la religión pertenece a lo privado, es una decisión personal, por tanto, las funciones públicas del Estado no pueden mezclar las cuestiones religiosas de ningún signo, hacerlo es servirse del poder público para propósitos privados; esa situación, desvirtúa la naturaleza del Estado laico, restringe libertades del resto de la población, impone patrones de conducta, promueve el conformismo, la pasividad y el sometimiento social.
Ya se conoce la historia reciente de lo que en ese sentido, fueron los períodos de los fanáticos evangélicos Ríos Montt y Serrano Elías, ambos con personalidad mesiánica, encabezaron gobiernos espurios, intolerantes, dictatoriales, contrainsurgentes y violadores de derechos humanos.
Es común que parte del discurso político chapín incluya elementos religiosos o de religiosidad, igual de común es, que los políticos repartan bendiciones celestiales a diestra y siniestra, se consideran elegidos del Señor; otros como Salvador Gándara, durante los escasos meses que en esta administración ocupó la cartera de Gobernación, autorizó el funcionamiento de gran cantidad de iglesias evangélicas, parece que llegó a ministro sólo para eso, a aumentar el próspero negocio de las nacientes iglesias evangélicas de todo tipo de denominación.
Es correcto defender el carácter laico del Estado, en tal sentido, me identifico con Paúl Cliteur, quien sostiene: “El Estado laico es el que mejor asegura los derechos de todas las personas, creyentes o no, en tanto que proporciona una base común a todos los ciudadanos, sea cual sea su fe religiosa y permite unirlos a todos en torno a una serie de valores, como la democracia, derechos humanos y estado de Derecho.â€
P.S. 31 años de impunidad por la desaparición forzada de 17 sindicalistas guatemaltecos, detenidos por esbirros de la dictadura militar contrainsurgente en finca EMAUS, Escuintla. 24 agosto 1980. ¡JUSTICIA!