Juez justo, objetivo, imparcial e independiente


Nuestro sistema polí­tico democrático y republicano implica la división de poderes. Ejecutivo, Legislativo y Judicial separados garantizan el balance, los frenos y contrapesos del Estado de Derecho y como consecuencia del mismo el respeto a los Derechos Humanos, tanto individuales como colectivos.

Juan Francisco Reyes López
jfrlguate@yahoo.com

 «Dios es un juez justo». Ello implica que la justicia debe de impartirse por personas y organismos que emulen esa imparcialidad y objetividad, este es el requisito sine qua non de justicia que Dios y el Derecho natural establecen de forma permanente e inmutable.

La Constitución establece la independencia del Organismo Judicial y la potestad de juzgar del mismo. Para efectuar esta función, el Organismo Judicial se integra por magistrados y jueces que, además de ser profesionales del Derecho, por mandato constitucional expreso, deben ser «independientes» e «imparciales».

La Ley Orgánica del Organismo Judicial determina las funciones del mismo, su integración administrativa, su función jurisdiccional y dentro de uno de sus capí­tulos establece las prohibiciones para los magistrados y jueces. Esta normativa establece expresamente que magistrados y jueces tienen prohibido «dar opiniones sobre asuntos que conozcan o deban conocer».

Si por cualquier motivo, terceros -incluyendo los medios de comunicación social- requieren a un magistrado o juez opinar sobre los asuntos que actualmente conoce o que pueda conocer en el futuro y lo hace, está violando la ley, evidenciando falta de objetividad e imparcialidad.

En Guatemala son frecuentes los casos en los cuales algunos medios de comunicación al informar condicionan, anticipan, equivocan y prejuzgan sobre cuál deberí­a ser la opinión, resolución o sentencia de un juez. Mientras se mantenga esta práctica anómala, no podrá haber justicia, ni Estado de Derecho.

El Ministerio Público también se ha deformado y en diferentes oportunidades en el pasado ha utilizado improcedentemente el filtrar información y fotografí­as que condicionen la opinión pública y más delicado aún a los tribunales, magistrados y jueces que deban conocer los diferentes casos.

Ejemplos son varios, uno que es sumamente notorio es la publicación de elPeriódico del viernes tres de diciembre en relación al caso Pavón, donde se encuentran involucrados Carlos Vielmann, Edwin Sperisen, Javier Figueroa, Alejandro Giammattei y varias otras personas. Las impactantes imágenes o fotografí­as de la toma de Pavón no debieron de salir a luz pública por cuanto indudablemente son y serán parte de los medios de convicción y prueba de los posibles delitos que se cometieron en la toma de esa cárcel. Seguramente por ello es que el Presidente de la República, ílvaro Colom, expresó en Japón y posteriormente lo repitió en nuestro paí­s que la objetivad en ese caso se poní­a en duda por parte de los acusados y de sus jefes í“scar Berger y Eduardo Stein.

Otro ejemplo es la publicación de Prensa Libre del tres de diciembre, donde se indicó que el Juez Quinto de Instancia Penal, Marco Tulio Villeda Morales, habí­a declarado a ese medio que el suscrito «habí­a recusado a catorce jueces». Ante mi requerimiento de aclaración y rectificación, ese medio aclaró que la información se fundamentada en lo dicho por el juez indicado.

Este acto evidencia una improcedente e infundada declaración de un juez que exhibe su interés personal en el asunto y lo que es aún más grave: una absoluta falta de veracidad, lo que nunca debe suceder porque descalifica, desautoriza al juzgador y vulnera la imparcialidad y la justicia que todos anhelamos y debemos de luchar y exigir que exista.