¿Y la Corte de Constitucionalidad funciona?


Cuando se creó la Corte de Constitucionalidad con una estructura polí­tica en su composición, algunos pensamos que jamás funcionarí­a o que funcionarí­a solo en favor de corrientes especí­ficas, con fallos incongruentes, acomodaticios y despachados «a la carta».

Héctor Luna Troccoli

          Afortunadamente no todo ha sido así­. A esa Corte la dignificó un gran hombre, excelente abogado, honesto a carta cabal y cuyo espí­ritu debí­a de pesar más en ese órgano. Me refiero a Epaminondas González Dubón, el «gran Epa» como le decí­amos Tono Argueta reportero de El Imparcial ya fallecido y yo. Ambos nos considerábamos sus amigos y en mi caso lo respetaba aún más como mi maestro de Derecho Civil. Epa murió asesinado como casi todo lo bueno que crece en Guatemala, y se perdió mucho.

  Pero, por el contrario esa Corte fue pisoteada, denigrada y estigmatizada por cuatro magistrados adictos eferregistas, encabezados por un señor llamado Cipriano Soto, nombrado nada menos que por la tricentenaria Usac.

  El problema básico de la Corte ha sido la conformación de sus cinco magistrados titulares: uno nombrado por el presidente, o en el actual momento, por su esposa; otro por el Consejo superior Universitario; otro por el famoso Colegio de Abogados; otro más por la Corte Suprema de Justicia (con hilos conectados a la presidencia real) y otro por el «Honorable» Congreso de la República.

   Del Presidente y/o señora y del Congreso no vamos a hablar porque todos sabemos que juegan un rol polí­tico y que nombrarán a un abogado que sea, antes que abogado honesto, un polí­tico afí­n a ellos y sus objetivos. Quedan entonces las otras tres representaciones que APARENTAN no ser polí­ticas, pero que son penetradas por cualquier razón, incluyendo sobornos, por grupos polí­ticos que tienen interés en infiltrarlos.

  Precisamente este es el tema más importante. Las funciones de la CC están contenidas en el artí­culo 272 de la Constitución y solamente enunciaré  cuatro de ellas: conocer en UNICA INSTANCIA ( O SEA QUE NO HAY OTRA Y ES LA íšLTIMA Y DEFINITIVA), de las impugnaciones interpuestas contra leyes o disposiciones de carácter general; conocer en UNICA INSTANCIA de amparos interpuestos contra el Congreso, la Corte Suprema de Justicia, el Presidente y el Vicepresidente de la República; conocer en apelación de TODOS los amparos interpuestos ante cualquiera de los tribunales de justicia y, conocer en apelación de TODAS las impugnaciones en contra de leyes objetadas de inconstitucionalidad en casos concretos.

   Me he referido a todo esto para que se vea el papel trascendente de la CC como el MíXIMO  tribunal de justicia del paí­s al cual todos los polí­ticos y poderes paralelos siempre le echan el ojo por su connotación polí­tica y tal como dijera un ex magistrado de esa Corte, lo cual comparto, «tras cada decisión justicial hay una decisión polí­tica».

   Si en tiempo del FRG vimos una Corte deslegitimada, al servicio de intereses polí­ticos, la actual Corte, en donde pueden existir buenos abogados, peca en exceso de sumisión, tolerancia, indiferencia, negligencia  y lamentablemente, sin usar el poder que la misma constitución le otorga, o lo peor, usarlo mal.

  Basta dos ejemplos:  favorecer a una multinacional tabacalera para que se le devuelvan alrededor de Q171 millones, debido a contravenciones constitucionales sobre los tributos, tales como la no doble tributación (¿y el IVA que pagamos en cascada?), sin tomar en cuenta otras normas constitucionales de mayor valor ético, jurí­dico y moral, como la obligación del Estado de velar por la vida de las personas (el tabaco mata), el que el interés social prevalece sobre el particular, el derecho a la salud (el tabaco produce cáncer) y muchos más que ante dos normas de igual jerarquí­a, prevalecen sobre otros que no protegen los mismos valores, ¿o es que el formalismo de la legalidad de un impuesto es superior a la vida y la salud de los ciudadanos?- El otro ejemplo es detener la extradición de un ex funcionario, el ex ministro Carlos Vielmann, acusado de delitos graves lo que anula, con este «interesado» fallo, dos instituciones: la figura jurí­dica internacional de la extradición y la potestad de nuestros tribunales de juzgar mediante el debido

 proceso, a los supuestos delincuentes. La extradición y la potestad de juzgar son normas superiores a los formalismos que utiliza esta Corte, cuando algo le interesa, y no vaya a pensar que es interés por la justicia, los malpensados creemos que es interés por otras cosas mas sustanciosas que la letra muerta de la ley.

Con estos y otros ejemplos es hora de preguntarse, la Corte de Constitucionalidad ¿funciona o no funciona? ¿Actúa con honestidad y sirve de verdad a la justicia respetando la ley suprema? ¿Estos ejemplos no ponen en duda su actuación?… Y adelantémonos un pocos, ¿que dirá la nueva Corte en el caso de la señora Sandra Torres de Colom? En lo personal creo que ese arroz ya se coció y que el fallo favorable es loterí­a cantada.

ATENCION CENTROS COMERCIALES. Mi hijo me envió un video que bajó de YouTube en donde ocho cantantes de ópera «irrumpieron», vistiendo diferentes atuendos (compradora, de limpieza, guardia de seguridad, etcétera), en el Centro Comercial Alto Palermo de Buenos Aires, Argentina  y empezaron a cantar trozos de la Traviata, Carmen y O sole mio entre otras, ante el asombro de cientos de compradores, porque aparecieron de pronto y con fondo musical maravilloso (no sé si era pista porque no se observaba orquesta). Lo mas admirable fue ver a los clientes que primero se quedaron boquiabiertos sin saber que pasaba y después, unos bailaron, otros aplaudieron, otros silbaron con respeto la música y no faltaron damas que llamaron a sus familiares y les pusieron el audio en el celular. ¡Formidable! ¿No lo podrán hacer los «mall» de aquí­, en lugar de que se sepa de ellos por los crí­menes,  robos o abusos que allí­ se cometen?….