En nuestro país frecuentemente las personas se preguntan si hay justicia, también se preguntan cómo es la justicia. En diferentes lugares del edificio del Organismo Judicial o Torre de Tribunales, ejemplo en el cuarto piso, previo a ingresar al despacho del Juez Quinto de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente, licenciado Marco Antonio Villeda Sandoval, existe -como se puede comprobar- un afiche que al referirse a la justicia dice: «Principios éticos»:
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– Integridad en el cumplimiento de la independencia, objetividad e imparcialidad. ¿Cómo puede considerarse cierto ese principio ético si un juez, como es el caso del licenciado Marco Antonio Villeda Sandoval, constantemente se reúne con el magistrado de la Corte Suprema de Justicia, César Barrientos. Adicionalmente, si existen publicaciones de ciertos medios de prensa que influyen en cómo proceder y si además el juez, como es público, aspira a ser bien calificado por los grupos de presión nacional e internacional que actúan en determinar el listado que se integrará para aspirar a Fiscal General.
-Respeto al Estado de Derecho, a las instituciones conforme a la Constitución Política de la República. De nuevo procede preguntarse si se está obrando conforme al Estado de Derecho y a la Constitución, si no hay un debido proceso, si los plazos para resolver se manejan a la discreción y antojo de un juez, quien puede tener en su despacho una acción de recusación desde principios de septiembre y resolverla en octubre poniéndole a la resolución fecha de los primeros días de septiembre.
-Probidad y dignidad en el ejercicio de las funciones. Se puede ser probo pero no ser digno porque la dignidad obliga a evitar cualquier duda, cualquier posibilidad que pueda considerarse o interpretarse que se está siguiendo lineamientos de un magistrado o de una autoridad de otro organismo que interfiere en nuestra decisión y criterio de justicia, vulnerando la independencia, la objetividad y la imparcialidad.
Ante la duda, por dignidad es mejor apartarse de cualquier juicio y no dejar la posibilidad que sin querer queriendo estemos incurriendo en una falta a nuestros principios éticos.
-Honestidad y efectividad en la utilización de recursos institucionales. Este último principio ético es uno de los principios que más fácilmente se vulneran. Cuando utilizamos parte del tiempo laboral en cualquier actividad que no sea la que específicamente nos corresponde, estamos dejando de utilizar los recursos institucionales como corresponde. En este aspecto, son muchos los casos en los cuales consciente o inconscientemente puede un magistrado, un juez incurrir en violación a ese principio.
Es el tiempo, son los hechos los que evidencian si estamos procediendo en una adecuada acción del proceso acusatorio. El juez, el magistrado deben ser como la balanza de justicia: equilibrados, no inclinarse por ningún motivo en uno u otro sentido, en ello radica la imparcialidad del juzgador.
Es opinión de un elevado número de juristas que las modificaciones que recientemente se han hecho y algunas que pretenden hacerse al Código Procesal Penal no mejoran la justicia, por el contrario, estamos volviendo a los vicios del pasado, a incurrir en un proceso inquisitorio y a pensar que los llamados casos emblemáticos deben de juzgarse en base a las opiniones que se publican en la prensa para quedar bien, para ser aptos ante los grupos de presión internacionales y nacionales en ocupar una magistratura, una fiscalía o lograr un ascenso dentro del sistema de justicia.