A partir del 1 de octubre, cuando la Secretaria de Estado de Estados Unidos, Hilary Clinton, en un comunicado conjunto, con la Secretaría de Salud de ese país, revelaron que entre los años 1946 a 1948, médicos del Servicio de Salud Pública de Estados Unidos, inocularon a cerca de 1,500 guatemaltecos enfermedades venéreas y contagiosas con el afán de realizar un estudio, la incredulidad, la ira y la rabia se han apoderado de los editoriales, las noticias de prensa y la población en general.
Molesta el abuso, la prepotencia, la falta de ética y la inhumanidad de los hechos y esta molestia se multiplica cuando se sabe que los conejillos de indias eran enfermos mentales, presos, prostitutas y soldados, personas, no otra cosa, personas que por sus condiciones de salud, limitación de movimiento o estructura jerárquica de orden, eran útiles para el estudio y poco importantes para cualquier otra cosa.
Con independencia a esas justas y correctas emociones, deben de iniciarse acciones legales que busquen en su orden la recuperación de la dignidad y calidad de personas de los utilizados, sus familias y descendientes, el honor del país y una indemnización económica, pues como enfermedades de contagio que son, el número de 1,500 no es más que la punta de lanza de una inoculación masiva de guatemaltecos que quizás nunca se llegue a determinar, pues infectaron a 1,500 y luego simplemente se marcharon sin analizar, aislar o tratar a todas esas personas que evidentemente pudieron contagiar o congénitamente heredara muchas otras.
Como es del conocimiento público, Estados Unidos observa lo que se conoce como el derecho anglosajón, el cual tiene, dentro de sus principios que el juzgamiento de casos se realiza y se construye a través del análisis de sentencias judiciales anteriores, dictadas por el mismo tribunal o uno superior. Al realizar una pequeña investigación sobre los antecedentes que pudieran existir al respecto de la inoculación de enfermedades infectocontagiosas a humanos, encontré que entre 1932 y 1970 en una comunidad de Alabama, llamada Tuskegee se realizó un estudio que lleva ese nombre, sobre un grupo de aproximadamente 400afroamericanos, denominados en la fuente «aparceros negros analfabetos», denominación que denota la importancia que atribuían estos «Médicos» (también del Servicio de Salud de Estados Unidos) a estas personas y a quienes simplemente no se les informó que padecían de sífilis, por lo tanto no fueron tratados y «sirvieron» para conocer el desarrollo de la enfermedad y su transmisión congénita. Este otro terrible caso, con menos personas, a quienes simplemente no se les informó de la enfermedad que padecían, contrario a lo sucedido en Guatemala, en donde deliberadamente se infectó a las personas, derivó en que la Asociación por la Superación de los Hombres de Color accionara legalmente en contra del Gobierno de Estados Unidos y logrará un fallo favorable y una indemnización para las familias, sentencia que debe de ser utilizada por el Gobierno de Guatemala para reclamar a Estados Unidos las pretensiones anteriormente anotadas. Resulta risible que en 1947 , es decir a la mitad del estudio que se realizaba en Guatemala, Estados Unidos impulsaba el Código de Nuremberg, ante la Asociación Médica Mundial, el cual legaba a la humanidad, dentro de otros, los siguientes principios para las investigaciones en humanos: a) Consentimiento pleno y totalmente voluntario; b) Justificación de los beneficios para los Individuos y la sociedad; c) Se debe de evitar cualquier tipo de sufrimiento, daño físico o mental; d) Los sujetos pueden retirarse en cualquier momento…. Indudablemente a aquellos 1,500 infortunados no les leyeron el Código de Nuremberg, si está en nosotros el recordárselo al Gobierno de Estados Unidos, pues no importa si fue hace 60ó 600 años, la responsabilidad es institucional e imprescriptible, pues el caso, puede llegar a considerarse como de lesa humanidad.