Los buenos notarios y las comisiones de postulación


Luis Fernández Molina

Un buen abogado debe adornarse, entre otras virtudes, con llevar un orden en su oficina y observar pleno respeto a la normativa que regula las funciones de abogado y las de notario. Cada trimestre se exige a los notarios que remitan un informe de las escrituras que autorizaron o cancelaron en ese perí­odo y el í­ndice al final del año. Es un control oportuno y necesario, implica una apretada sucesión cronológica de las escrituras. De esa forma se lleva un registro de su actuación notarial que, cabe recordar, es delicada función pública que se delega en los profesionales del derecho. Por otra parte es una buena forma de limitar las posibilidades de que se cometa fraude en «escrituras fantasmas» que de repente aparecen aprovechando las hojas en blanco que, a propósito, dejan algunos malos notarios. De ahí­ que, por ejemplo en septiembre se hagan escrituras con fecha de marzo o de hace dos o aún más antiguas. Incongruente. Imposible en el mundo real pero posible, lamentablemente, en el mundo de nuestro notariado criollo. De ahí­ tantos disgustos por fincas que aparecen hipotecadas, vendidas o gravadas de alguna forma sin conocimiento de sus legí­timos propietarios o bien, en perjuicio del fisco. Por eso la obligación de los avisos que al principio indicamos. El incumplimiento de dar los referidos avisos se castiga, teóricamente, con multas y con inhabilitaciones. Sin embargo es tan poco el temor disuasivo de esas sanciones que son pocos los notarios que cumplen cabalmente. Es cierto, la mayorí­a incumple por mera displicencia pero otros con causa premeditada y acaso dolosa. En toda circunstancia se debe premiar al buen notario y al mismo tiempo ir consolidando medidas que fomenten esa cultura de orden (sobre todo en defecto de las sanciones poco disuasivas). Por eso vuelvo a sugerir que en las Comisiones de Postulación, tanto de la actual -que califica para postulantes a Fiscal General-, como en las futuras, que habrán de escoger para magistrados de Salas y de la Corte Suprema, se tome en cuenta el cumplimiento de esos formalismos (enviar ese mensaje hacia el futuro). Que se reconozcan puntos a los notarios cabales y cuidadosos que han dado oportunamente sus avisos. Es un mecanismo objetivo y preciso para determinar un comportamiento cuidadoso, solí­cito de la ley. Después de todo eso queremos para quien vaya a ser el Fiscal General. Por otra parte calificar la ética por meras apreciaciones subjetivas me parece muy aventurado e infundado. Debemos recordar la presunción de inocencia y el debido proceso, ambos principios plasmados en los primeros artí­culos de nuestra Constitución Polí­tica.