Leyendo análisis jurídicos sobre la elección del Fiscal General y de la Comisión Postuladora, empiezo a sentir cierta nostalgia porque talvez por lo avanzado de mi edad yo interpreto las cosas y especialmente la Constitución de la República de cierta forma, que difiere de cómo la interpretan periodistas, magistrados, abogados, círculo de universidades, etc., Â pero el tiempo es inexorable y no hay más remedio que resignarse a esa condición.
Pero esa nostalgia se convertiría en cólera si me diera cuenta que todos estos personajes y entidades la interpretan igual que yo, pero que se han acostumbrado tanto a que a la Constitución le quitan, le ponen, la violan, se la pasan por las partes, etc., que ya a nadie le importa qué es lo que hacen con ella, para no crearse problemas.
Todos hablan de nombrar representantes de las universidades a la Comisión de Postulación, pero si usted lee la Constitución no encuentra que en ninguna parte diga que esa comisión debe conformarse con decanos de las facultades de derecho que representen a las universidades y mucho menos que sea cualquier persona en representación de una universidad.
Según mi entender y lo poco que creí interpretar de lo que leía en español, esta comisión debe estar conformada en el caso específico de los decanos, con los titulares de las facultades de derecho, por el derecho que les otorga el cargo que desempeñan y en ningún momento asisten en representación de ninguna universidad, porque de ser así, así lo dijera la Constitución, como cuando sentencia que algo se conforma con un representante del Congreso, de la Universidad de San Carlos, del Ministerio equis, etc.
En algunas oportunidades he leído analistas opinar sobre la materia, pero lo hacen como tratando el caso con pinzas, incluyendo a don Acisclo Valladares Molina, que se jacta de haber sido uno de de los fiscales más conocedores que jamás haya pasado por el Ministerio Público, por lo que agradecería contestar las siguientes interrogantes:
¿Y qué dice don Acisclo si esa orden de reintegrar la Comisión Postuladora va acompañada de una recomendación inconstitucional, como eso de que se inhibieran los que ya habían participado?
¿Y qué dice don Acisclo de agregarle a la Constitución cosas que no dice, como eso de que los decanos que participan en la Comisión Postuladora son nombrados por las universidades para que los representen? Según yo que soy lego en esas cosas, los decanos se están representando a sí mismo, y lo deben de acreditar con copia del acta de la Secretaría de la Facultad de su toma de posesión.
Un decano para presentarse a la Comisión Postuladora simplemente debe llevar la copia del acta de toma de posesión como decano, certificada por la secretaría de esa facultad, o que la misma secretaría la mande donde corresponde.