Trasladan fondo de multas a gastos privativos del Organismo Judicial


El Organismo Judicial trasladó los fondos de multas y fianzas, hacia sus fondos privativos. La suma es de 81 millones de quetzales. FOTO LA HORA: ARCHIVO

La CSJ trasladó a sus fondos privativos más de Q 81.1 millones en conceptos de consignaciones, cauciones y responsabilidades civiles, entre otros, según detalla el acuerdo 17-2010 publicado en el Diario Oficial.

Gerson Ortiz
gortiz@lahora.com.gt

El total de los fondos que dispone el Organismo Judicial para sus fondos privativos es de Q81 millones 129 mil 511; que se suman desde los depósitos por notificaciones hasta cauciones económicas que no han sido reclamadas desde hace cinco años.

Sin embargo, ¿Cuál será la inversión que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) hará sobre la suma depositada en sus fondos privativos?

Diario La Hora quiso formularle esa pregunta al magistrado de la Cámara Civil, Edwin Gómez, sin embargo, sus asistentes informaron que se encontrarí­a en una serie de reuniones que le impidieron atender a esta Redacción.

INVERSIí“N

Carmen Aí­da Ibarra, representante del Movimiento Pro Justicia, opinó: «Las necesidades en materia de justicia son numerosas y el presupuesto no es suficiente para cubrir todas las necesidades, de manera que los fondos están ahí­ con el fin de que puedan ser utilizados, en este caso para mejorar y ampliar el acceso a la justicia».

La entrevistada considera que en los últimos tiempos se ha visto una necesidad de lograr aplicar el Código Procesal Penal en todo el paí­s ya que hay varias regiones a donde no llega la administración de justicia.

«Y no me refiero sólo a infraestructura y personal, sino a la necesidad que la atención en cuanto a que la justicia debe aplicarse en el idioma predominante del lugar y es necesario que los recursos del OJ puedan cubrir aspecto sustanciales y que no sean repartidos en ampliar los privilegios del que gozan los magistrados», comentó Ibarra.

FISCALIZACIí“N

A criterio de Jorge Santos, analista Económico del Centro Internacional de Investigaciones en Derechos Humanos, la Ley establece que los fondos privativos de las instituciones del Estado deben ser utilizados para el funcionamiento para la inversión referente al plan operativo anual de esa instancia.

El analista enfatiza que auque se trata de fondos privativos, estos «no son discrecionales y deben ser fiscalizados por la Contralorí­a General de Cuentas y el Congreso de la República, cubriendo todos los mecanismos que detallen la ejecución de los mismos».

Santos considera que existe una «condición de opacidad» en muchas instituciones del Estado y que históricamente las instancias de Seguridad, Justicia y Defensa han sido los más difí­ciles de fiscalizar, lo que evidencia una ausencia de voluntad polí­tica para la transparente ejecución de los fondos», declaró.