Con el objetivo de desarrollar de mejor manera los procesos técnicos y administrativos de adopción establecidos en la Ley de Adopciones, así como regular el funcionamiento del Consejo Nacional de Adopciones, (CNA), hoy fue publicado el Acuerdo Gubernativo 182-2010, que da vigencia al reglamento de la Ley de Adopciones.
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Entre las normas más destacadas por el propio CNA se encuentra la declaración de los niños en estado adoptable, que podrán obtener este calificativo únicamente mediante la resolución de un juez de la niñez y adolescencia.
Además, se reitera la importancia de la gratuidad en los trámites administrativos de la adopción nacional y la prioridad de esta ante las solicitudes extranjeras.
Dicho reglamento regula también los procedimientos para adopciones internacionales, dando importancia al interés superior del niño, la identidad cultural y su historia, sus características emocionales y necesidades especiales, el resultado de las pruebas médicas y psicológicas del niño y la familia, y el resultado de las pruebas socioeconómicas de la familia.
En cuanto a la agencias internacionales de adopción, es el CNA quien se reservará el derecho de autorizar el número y perfil de los organismos acreditados extranjeros con competencia y experiencia que mejor corresponda a las necesidades de los niños.
Se dio a conocer que a la fecha existen ocho países y 15 agencias internacionales interesadas en obtener autorización de parte del CNA.