El dinero del IGSS es del pueblo, ¿quién decide su destino?


Patronos y empleados aportan cantidades de dinero sustanciales en forma de cuotas mensuales durante muchí­simos años a efecto de cumplir con la Ley que estipula el aporte de ambos sectores para la existencia, mantenimiento y desarrollo de los planes de cobertura médico social que brinda dicha institución.

Fernando Mollinedo
fermo@intelnet.net.gt

Por lo tanto, la cantidad de dinero que el IGSS tiene «ahorrado» en sus arcas (léase bancos privados del paí­s y bonos del Estado) tienen un clarí­simo dueño o propietario: LOS AFILIADOS AL IGSS.

Con la premisa anterior, diremos que la institución encargada de su administración, es el IGSS mismo, por medio de sus cuadros directivos y de acuerdo a su Ley Orgánica; -misma que ha sufrido un sinnúmero de modificaciones de acuerdo con los intereses patronales que han sido impuestos y/o «sugeridos» en todo tiempo- la cual está en vigencia.

Valdrí­a la pena reestudiar la Ley Orgánica del IGSS y encontrar el asidero legal que utilizaron y que ahora tendrí­an que utilizar los actuales miembros de la Junta Directiva, para fundamentar el uso del dinero en inversiones que nada tienen que ver con los fines y objetivos del IGSS como institución.

Y de ser así­, es decir, si hubiere un fundamento legal para poder hacerlo, es necesario que el sector sindical esté atento para impugnar una medida de tal naturaleza, pues se desvirtuarí­a el objetivo original de la institución; lo cual en términos legales tal vez podrí­a considerarse como la comisión de varios delitos como la apropiación indebida, malversación de fondos, y algunos otros que podrí­an considerarse como tales.

DOCE MILLARDOS DE QUETZALES es una cantidad que bien puede utilizarse en necesidades ingentes como: AUMENTAR LA PENSIí“N DE LOS JUBILADOS DEL IGSS; construcción de nuevas instalaciones (hospitales y clí­nicas), equipo médico – hospitalario con tecnologí­a de punta, medicina, laboratorios clí­nicos, cobertura nacional de todos los programas (accidentes, maternidad, IVS), contratación de personal médico especializado con buenos salarios (para evitar que se sigan robando la poca medicina que aporta IGSS) y servicios con ropa decente para las personas hospitalizadas, entre otras.

¿Quién decide el destino del dinero del IGSS? En caso sea una decisión colegiada, ¿tendrán la suficiente solvencia moral y certeza jurí­dica para hacerlo? ¿Qué dice a esto el Sindicato del IGSS? Y ¿qué opinan al respecto los sindicatos agremiados en federaciones? ¿Será que en estas decisiones prevalece el INTERí‰S DE LOS AFILIADOS AL IGSS SOBRE EL INTERí‰S DE ALGUNOS POLíTICOS DE TURNO? ¿Los miembros de la Junta Directiva del IGSS tomarán en cuenta a la hora de tomar decisiones de tal envergadura, los valores de HONRADEZ, PROBIDAD, í‰TICA y MORAL?

¿Tienen los miembros de la Junta Directiva del IGSS su respectiva declaración patrimonial? Porque después resulta que «ya tení­an muy bien ganados los bienes que compraron recientemente. EVITEMOS CLAVOS, OJ ALí QUE NO HAGAN REVERENDA ESTUPIDEZ.