Es concedida a contadores y a notarios y al que la da adquiere una responsabilidad ilimitada, en elPeriódico la notaria Aldana Portillo de Vielman explica: «Sólo cumplí como función de notaria autorizando una escritura de compraventa»; el profesional al dar Fe Pública es porque ha comprobado la limpieza sin tacha y sin daño a terceras personas, de no ser así la Fe Pública no debe darse. ¿Cuántas escrituras se han autorizado aún de personas fallecidas? ¿Cuántos actos anómalos han publicado los medios escritos y hablados y los profesionales aducen que simplemente son autorizantes de las escrituras? La Fe Pública garantiza la veracidad del acto y hace plena prueba de un hecho sucedido en su presencia de la certeza de la acción, y de ahí nace su ineludible responsabilidad jurídica.