Es imposible dar cabida en este espacio a todos los argumentos contenidos en el análisis de la Fundación Myrna Mack a las propuestas de reformas a la Constitución Política que plantea la organización ProReforma, de manera que intentaré resumir los aspectos que me parecen más importantes.
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  La FMM señala que el proyecto de modificaciones de ese grupo atenta contra los principios del constitucionalismo: libertad y dignidad del ser humano; limitación del poder, y supremacía de la Constitución, de tal manera que violenta la garantía de igualdad contenida en el artículo 4º constitucional, puesto que la pretensión de establecer un Senado cuyos miembros deben ser mayores de 50 años de edad, es una conculcación de los derechos civiles y políticos, además de una grave restricción a un derecho previamente adquirido, fuera de que la media de edad de los guatemaltecos se encuentre entre los 15 y 30 años de edad.Â
  Las propuestas reprimen el principio de limitación del poder, al tergiversar la separación de poderes y nulificar los controles interorgánicos e intraorgánicos con la creación de un Senado que no sería supervisado por órgano alguno, y sus actuaciones serían incuestionables, como crear una comisión judicial dentro de ese mismo Senado cuyas funciones son ambiguas; facultar al Congreso para la destitución del Presidente y al Vicepresidente de la República por causas sumamente confusas, y cuyas funciones estarían subordinadas al Senado, y otorgar potestades al Organismo Judicial para dictar órdenes indiscutibles a las autoridades de cualquier fuero.
  La forma de elección de los integrantes del Senado, así como el carácter vitalicio de los cargos en el Organismo Judicial son abiertamente antidemocráticos, porque se propone la eliminación de la forma representativa de elegir a los gobernantes, en colisión con el artículo 140 constitucional, además de que, según el artículo 278 de la Constitución, para reformar el artículo 46 de la ley fundamental se requiere de la convocatoria a una asamblea nacional constituyente.
   La Fundación Myrna Mack argumenta que las propuestas de reforma constitucional promoverían la inestabilidad  política y presupuestaria, así como falta de certeza jurídica, entre otras consecuencias. Trae a cuenta que en conformidad con el artículo 149 constitucional, Guatemala norma sus relaciones con otros Estados en consonancia con los principios, reglas y prácticas internacionales, incluyendo el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, en virtud del cual un Estado no puede oponer su Derecho interno a una obligación contraída en un convenio internacional, de lo cual se colige que Guatemala, de aprobarse las reformas propuestas por el grupo interesado, estaría incumpliendo con sus obligaciones internacionales, puesto que la violación a los derechos humanos implicaría el quebrantamiento de varios tratados internacionales sobre la materia.
  Las reformas constitucionales estipulan que el Derecho Privado y el Derecho Público serían competencia de cada una de las cámaras del Organismo Legislativo y hacen una distinción entre ambas ramas, diferenciación que contraría a la doctrina jurídica que establece cuales son las ramas del Derecho que, por la materia que regulan, deben ser Derecho Público o Derecho Privado. Tradicionalmente el Derecho Penal y el Derecho Tributario han sido clasificados como Derecho Público, pero las reformas pretenden colocar ambas ramas como subsidiarias del Derecho Privado.Â
  Por esas y otras fundamentadas razones, la FMM solicita al Congreso la improbación de la propuesta del grupo ProReforma, con base en sólida y documentada argumentación jurídica. (Continúa).
  (Un millonario empresario afiliado al grupo ProReforma le dice al cobrador voluntario Romualdo Tishudo: -No te firmo el cheque para ayudar al asilo de ancianos, porque quiero que mi contribución sea anónima).