Hoy el colega Haroldo Shetemul en su atinada columna semanal de Prensa Libre, se refiere a un tema de enorme importancia con relación a la vigencia, iniciada el día de ayer, de la Ley de Acceso a la Información, puesto que se da por sentado que esa norma legal nos permite a los guatemaltecos obtener las informaciones que requiramos, pero se ha dado poca importancia al hecho de que la misma prohíbe la comercialización de datos personales de cualquier individuo sin el previo consentimiento de los afectados.
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Y se refiere Haroldo concretamente a las empresas Trans Union e Infor.net que literalmente trafican con datos relacionados con la vida y milagros de los guatemaltecos, mismos que son vendidos al mejor postor y no siempre verificados en forma adecuada, generando daños irreparables a muchos que han sido víctimas de desinformación y de manejo inescrupuloso de los datos.
Hay que recordar que la misma Municipalidad de Guatemala vendió toda la información de los vecinos consignada en el Registro Civil a empresas privadas que se dedican, cabalmente, a comercializar esa información que es ávidamente requerida por distintas empresas y por muy variadas razones. Durante años los ciudadanos que se han sentido afectados trataron de lograr algún resarcimiento o, por lo menos, que se enmendara la información inexacta, pero se toparon con el muro de la arrogancia de quienes sienten que tienen la sartén por el mango y que además poseen tanto poder, por la información que difunden y que con alguna manipulación puede destruir a una persona, que se dan el lujo de mandar al diablo a cualquiera.
Pues bien, ahora con la vigencia de la Ley de Acceso a la Información no son únicamente las dependencias públicas las que asumen obligaciones, sino también los particulares que no podemos difundir información reservada de los particulares sin el consentimiento de éstos y eso se aplica exactamente a esas entidades conocidas como «protectoras de crédito» que han actuado con la más absoluta impunidad en Guatemala, irrespetando no sólo el derecho a la intimidad, sino el derecho esencial a que los datos sobre cualquier individuo sean por lo menos ciertos y corroborados. Porque no se trata únicamente de casos en los que se deja mal parado a quien ha tenido problemas en su vida con relación al pago de deudas y compromisos, sino que además se sabe de muchos homónimos que no son esclarecidos y que hacen tremendo daño a quienes, además del derecho a la intimidad, han cuidado a lo largo de su vida su buen nombre y prestigio.
Hace bien Haroldo en pedir públicamente que el Procurador de los Derechos Humanos, como garante de la aplicación de la Ley de Acceso a la Información, impulse la observancia de la norma relacionada con el derecho a la intimidad y la protección de los datos de individuos que no se pueden divulgar sin su consentimiento expreso. Y la misma ley establece no sólo pena de cárcel para quienes la incumplan, sino multas y resarcimiento económico por el daño causado, lo que le da al doctor Sergio Morales un amplio espacio para actuar en defensa del derecho humano a la intimidad.