Ha sido tema de noticias la elección de los presidentes de las comisiones de Trabajo del Congreso. En una democracia, el Organismo Legislativo es el poder más representativo. En las democracias parlamentarias como Inglaterra, España, etc., es el responsable del funcionamiento del país y del gobierno.
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Si bien en Guatemala se ha progresado políticamente, el poder Legislativo no ha logrado el desarrollo y la madurez que debiera tener y dependiendo de los diferentes gobiernos, la intervención o influencia que el Ejecutivo, especialmente el Presidente ejerce, es mayor o menor.
Siendo el Organismo Legislativo un ente colegiado, sus comisiones deben ser multipartidarias y representativas, respetándose en su presidencia e integración el número de diputados que cada bloque partidario o legislativo tenga.
Las comisiones de trabajo deben su naturaleza al cumplimiento de las funciones del Congreso de la República. De conformidad con la Ley del Organismo Legislativo (Decreto 93-94) existen comisiones ordinarias, extraordinarias y específicas. En la práctica, el número de comisiones ha ido aumentando a través de los años, actualmente, de conformidad con el artículo 31 de dicha ley, las comisiones ordinarias son 32 y las extraordinarias andan alrededor de 16 a 18 a criterio del pleno.
Actualmente, hay 14 bloques legislativos donde se encuentran representados 11 partidos políticos. El ideal sería que dentro de la Ley Orgánica del Legislativo estuviera normado un sistema mediante el cual las presidencias de las comisiones se asignaran respetando la representatividad de los partidos políticos, lo que estimularía a que solo existieran bloques legislativos representativos de los partidos que participaron en la elección general.
Una forma balanceada o técnica de distribuir las presidencias de las comisiones sería establecer como norma obligatoria un sistema como el método De Hondt que es la norma legal para adjudicar las diputaciones en la elección general, con ella el partido o bloque político que más diputados tenga es el que escoge a su criterio la presidencia de la primera comisión, en este caso, la UNE tiene 40 diputados, le correspondería escoger primero, dividiéndose el número de 40 en 2, la cifra repartidora sería 20; por tener el Partido Patriota 25 diputados, serían ellos los segundos en escoger presidencia, a continuación le correspondería a la Gana, que tiene 24 diputados y de cuarto, nuevamente a la UNE por ser la cifra repartidora 20. Al no tener ningún otro bloque de partido político 20 legisladores, volvería a dividirse la cifra repartidora que estaba en 20 y sería 10. Esto implicaría que el FRG escogería la siguiente presidencia, si la norma de la Ley Orgánica dijese que también los bloques que no representan a un partido político participan en el sistema de repartición de presidencias de comisión, previo al FRG le correspondería escoger al bloque legislativo Guatemala que tiene 15 diputados y a continuación escogería el FRG que tiene 14. Luego volvería a escoger el Partido Patriota, cuyo número de diputados al dividirse en dos es 12.5 y así sucesivamente. De conformidad con la norma y método establecido los bloques o partidos políticos escogerían las comisiones hasta agotarlas, evitándose las arbitrariedades y los truquitos.