De la integración del Congreso


Nuevamente se ha abordado en el seno de la Comisión Sobre Reformas Electorales del Congreso y por algunos articulistas el tema sobre el número de ciudadanos que deberí­a integrar el Organismo Legislativo.

Juan Francisco Reyes López
jfrlguate@yahoo.com

La cuestión es interesante aunque no nueva. El siete de diciembre de 1996, en Estocolmo, Suecia, suscribieron el Acuerdo sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral, por el gobierno de Guatemala: Gustavo Porras Castejón, General de Brigada, Otto Pérez Molina; Raquel Zelaya y Richard Aitkenhead; por la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca: Carlos González, comandante Rolando Morán, comandante Pablo Monsanto, Jorge Rosal y por las Naciones Unidas, Jean Arnault (ninguno de ellos tení­a la experiencia de haber sido constituyente o diputado al Congreso de la República).

En dicho tratado de los Acuerdos de Paz dice: «Congreso de la República: Las condiciones actuales han motivado el planteamiento por parte de distintos sectores sociales, relativo al número de diputados, de tal manera que, sin perjuicio de su representatividad, como tí­pica expresión de la democracia, no exceda de un número razonable predeterminado. Además dicha representatividad plantea la necesidad de la renovación también razonable de los diputados, por lo que se ha previsto su no reelección por más de dos perí­odos consecutivos».

«Número fijo de diputados. Promover ante el Congreso de la República una reforma del artí­culo 157 de la Constitución Polí­tica de la República con el objeto de mantener fijo el número actual de diputados al Congreso de la República».

La redacción citada evidencia tres aspectos torales: a) la representatividad, b) la limitación de la reelección por más de dos perí­odos consecutivos, c) modificar la Constitución con el objeto de mantener fijo el número que existí­a en ese momento de diputados. ¿Quién propuso congelar el número de diputados? No se sabe, el argumento expresado no es preciso, solo dice que: «han motivado el planteamiento por parte de distintos sectores sociales».

Por ello, es factible pensar que fue Otto Pérez Molina de quien provino la propuesta dado el antecedente que durante el gobierno de Ramiro de León, siendo Pérez Molina el poder detrás del trono como jefe de Estado Mayor Presidencial, ese gobierno impidió y manipuló para que el Tribunal Supremo Electoral convocara a elecciones en base al último censo que se habí­a realizado y así­ se obligó a mantener el número de 80 legisladores.

Seguramente apoyó la propuesta del número fijo Richard Aitkenhead, hombre sumamente cercano a la cúpula empresarial, sector que aboga por un Congreso limitado; no considero que Raquel Zelaya haya contradicho ni a Pérez Molina, ni a Aitkenhead en el tema. Los representantes de URNG, seguramente, no se dieron cuenta que la propuesta era antirepresentativa, antidemocrática y caí­a como anillo al dedo a quienes privada y públicamente abogan que el gobierno sea más pequeño y saben que el Congreso es más fácil de influir y de seducir si su número es menor.

Lo que el acuerdo previó es que se tení­a que revisar el artí­culo constitucional 157, igual que estableció otras varias reformas constitucionales. El Congreso, en su momento, cumplió al someter a consulta popular éste y los otros aspectos a reformar. Si los mismos fracasaron y no fueron aprobados fue porque el sector económico cupular hizo campaña por el No en dicha consulta. Este acuerdo también preveí­a la reforma a la Ley Electoral y de Partidos Polí­ticos, lo que en buena parte se cumplió