La mejor política laboral, la mejor forma de evidenciar el respeto al recurso humano indispensable en la producción de bienes y servicios, es una política salarial justa.
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Las empresas más exitosas han aprendido a compartir sus logros económicos. Basta ver las planillas de salarios con las que se tributa al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social para comprobar en qué empresas hay salarios justos, baja rotación de trabajadores, una segunda, tercera o hasta una cuarta generación familiar laborando, sucediéndose de abuelos a padres, de padres a hijos y de hijos a nietos, como empleados de una misma unidad de producción.
En esas empresas los salarios son adecuados, las prestaciones son correctas y no es de extrañar que parte del grupo familiar de trabajadores integre la recepción, la contabilidad, la mano de obra técnica y hasta la gerencia. Por esa razón, pretender engañar si a la empresa le va bien o mal, no es posible.
No hay de otra, en diciembre, el Ejecutivo deberá fijar los salarios mínimos como consecuencia que los profesionales que representan a los empleadores en las comisiones paritarias de salario mínimo y en la comisión de salario, nuevamente -por cuatro gobiernos consecutivos- no se han puesto de acuerdo con su contraparte laboral y no reconocen la desvalorización de los salarios mínimos y de los salarios en general.
La inflación ha mermado los ingresos de los ejecutivos, de los mandos medios y ya no digamos de los trabajadores no calificados que son la mayoría, donde la pobreza se concentra, como lo señalan todos los informes sobre Desarrollo Humano, manteniendo y aumentando los índices de pobreza y extrema pobreza, año con año.
Nadie puede decir que es fácil tomar las decisiones que se sabe la cúpula empresarial y sus mandatarios en CACIF criticaran abiertamente, pero un gobierno del pueblo y para el pueblo, tiene que estar claro dónde está la ecuanimidad, dónde está la justicia.
Al Presidente de la República con el Ministro de Trabajo, les corresponde la decisión de aumentar el salario mínimo. La Constitución en su artículo 102 inciso f) establece la obligación legal de fijar periódicamente el salario mínimo de conformidad con la ley. Habiéndose convocado y reunido las comisiones paritarias y la comisión nacional de salario y no existiendo acuerdo, el Ejecutivo no debe vacilar en hacerlo de forma expedita y cumplida.
En lo personal, tengo la moral para insistir en la justicia salarial en base al antecedente de haber firmado como Presidente en funciones -el 18 de diciembre de 2001- el Acuerdo Gubernativo 494-2001 y el 28 de noviembre del 2002, el Acuerdo Gubernativo 459-2002; dos de los cuatro acuerdos que reajustaron los salarios mínimos en mayor proporción que cualquier otro gobierno en los últimos 50 años.
El Ejecutivo debería, asimismo, terminar la diferencia en los salarios mínimos que todavía perdura entre salario agrícola y no agrícola, considerando que ya no existen diferencias porque aunque todavía lo contempla el Código de Trabajo vigente, el trabajador agrícola ya no recibe vivienda, no tiene parcela propiedad del empleador donde cultivar para su consumo y el de su familia y sus hijos ya no pueden asistir a las escuelas rurales privadas en cada finca, pues al no existir trabajadores residentes o colonos en las fincas, todas estas prestaciones económicas dejaron de existir.
El buen empleador no debe vacilar en solidarizarse con sus trabajadores, a través de reconocer y aceptar los salarios mínimos.
Continuará