Un factor de especial importancia para los países de la comunidad internacional en sus políticas de migración, las cuales deben se integrales (analizar la emigración, inmigración y emigración en tránsito) e integradoras (estar sustentadas en la realidad del país con una perspectiva cuya base sea el respeto a los derechos humanos), es el relativo a la regulación migratoria.
Se trata de evitar que extranjeros desarrollen actividades en forma indocumentada, y tener la necesaria información relativa a población migrante por parte de la nación receptora. Mujeres y hombres trabajando en una nación que no es la suya deben estar sujetos a la protección jurídica del Estado donde se encuentren.
En México se publicó -Diario Oficial de la Federación- el Programa de Regularización Migratoria, el cual tendrá vigencia desde el 12 de noviembre de 2008 hasta el 12 mayo de 2011.
Su propósito es establecer los criterios conforme a los cuales, los extranjeros de cualquier nacionalidad que se encuentren de manera irregular en territorio mexicano y manifiesten interés en residir en el mismo, puedan realizar gestiones para obtener su documentación. El Programa se sustenta en la Ley General de Población. En México es el instrumento jurídico para regular la condición migratoria de los extranjeros.
El Programa permite a extranjeros de cualquier nacionalidad, promover su calidad migratoria en calidad de inmigrante con las características de profesional, cargo de confianza, científico, técnico, familiares, artistas, deportistas o como asimilado.
La ley estipula «haber ingresado a México antes del primero de enero de 2007, sin documentación migratoria y cuente con un trabajo lícito, sea cónyuge de persona mexicana o de persona extranjera legalmente establecida en México o por lo menos hubiese vivido un año en unión libre con persona mexicana o extranjera establecida en México».
Es una nueva visión de las condiciones y modalidades de ingreso en territorio mexicano. Los trámites deben hacerse en el Instituto Nacional de Migración.
Debe destacarse que, sin tener el status legal, cualquier Estado debe proteger los derechos humanos de los migrantes. El Programa mexicano fortalecerá esta situación y coadyuvará a ampliar la tolerancia para convivir en forma adecuada y anular cualquier tipo de discriminación; asimismo, evitará la vinculación de personas sin documentos con la delincuencia organizada, entre otros.
La ley también señala: «Los extranjeros que se encuentren en cualquiera de los criterios mencionados y pretendan obtener el oficio de regularización deberán presentar los requisitos que para cada caso se señalan. La autoridad migratoria no podrá negar la regularización sólo porque hubiese recibido previamente una resolución negativa en un trámite migratorio anterior o cuando presente pasaporte vencido.
En los siguientes supuestos, el extranjero o extranjera no podrá obtener su calidad migratoria, cuando: hubiese sido condenado, mediante sentencia ejecutoria, por delito doloso que merezca pena corporal, cometido en el territorio nacional o extranjero, tenga antecedentes penales en México o en el extranjero, exista una orden de aprehensión en su contra o esté sujeto a proceso penal por delito doloso, sea objeto de una alerta migratoria o se encuentre en alguna lista de seguridad».
Un programa de regulación migratoria fomenta el desarrollo fronterizo al establecer lazos de integración entre las regiones, permite la ordenación ambiental (aprovechamiento racional de los recursos naturales compartidos), y planes para enfrentar la pobreza. Las iniciativas en las fronteras buscan mejorar las condiciones socioeconómicas de las poblaciones al generar empleo y estimular las actividades productivas.
Para Guatemala adquiere especial relevancia el desarrollo del Programa de Regularización Migratoria mexicano pues, por las condiciones de crisis económica (extrema pobreza) y otros factores, entre ellos, la inseguridad, durante años hombres y mujeres han optado por incorporarse -en forma indocumentada- al mercado laboral, básicamente en el sureste de México, en especial, a los estados fronterizos con Guatemala.
La emigración laboral guatemalteca en los estados del sureste mexicano, forma parte de la circulación internacional de fuerza de trabajo. Se les vincula a la atracción de mercados y sus diferencias salariales. Es un proceso continuo que se presenta en economías desiguales.
Este aspecto se encuentra inmerso en la decisión de establecer un marco regulado y una migración ordenada por parte de las autoridades migratorias mexicanas. La migración laboral guatemalteca no afecta la seguridad nacional mexicana. También debe quedar asentado lo siguiente: guatemaltecas y guatemaltecos que se encuentran trabajando fuera del país, tienen el derecho a vivir en condiciones adecuadas en su patria.