Estimados Señores:
En respuesta a la queja «Los barrabasadas de la EEGSA», publicada el miércoles 1 de agosto en la página 15, sección Cartas de los lectores de ese prestigioso medio de información, Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A. (EEGSA) desea informar que el servicio al cual el señor Alfredo Duke hace referencia, está a nombre de la señora Blanca Hernández de Pérez y se identifica con el contador D-66639 y correlativo 516296.
En consecuencia, EEGSA desea aclarar a la señora Hernández que el cambio en el precio de los kilovatios hora que ella consume se debe a que regularmente mantiene su consumo dentro de la denominada Tarifa Solidaria (subsidio gubernamental), en la cual quienes consumen entre 50 y 100kilovatios hora al mes, pagan 75 centavos por cada kilovatio hora, más impuestos y tasa municipal.
Sin embargo, quienes consumen más de 100 kilovatios hora al mes, como le ocurrió a la señora Hernández en el mes de junio, entran a la denominada Tarifa Social (sin subsidio), en la cual, actualmente, los primeros 100 kilovatios hora los pagan a Q1.25 y de 101 en adelante a Q1.68.
Es oportuno mencionar que los rangos de estas tarifas han sido establecidos y aprobados por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE).
Por las razones antes expuestas, EEGSA recomienda a la señora Hernández revisar los hábitos de consumo del inmueble donde está instalado el servicio en mención para que puedan seguir gozando de los beneficios de la Tarifa Solidaria, puesto que sus consumos siguen siendo muy próximos a los 100 kilovatios hora.
Atentamente,