La seguridad nacional, avances y retrocesos


Los militares sólo deberí­an intervenir en la seguridad interna del paí­s, cuando esté en riesgo la integridad del territorio y la soberaní­a nacional por graves amenazas internas o externas.

Miguel íngel Reyes Illescas

www.miguelangelreyesillescas.blogspot.com

Centro de Estudios Estratégicos y de Seguridad para Centroamérica (CEESC)

«La inseguridad es manifiesta en todos los órdenes de la vida nacional» escribe una de mis alumnas en su tarea semanal y la aseveración no necesita pruebas ni fundamentos. Tengo más preguntas y vací­os que propuestas en este campo, pero es indudable que urgen las soluciones.


En la teorí­a y en las leyes se ha progresado, también en el cambio de instituciones, entidades y personal. Sin embargo, las entidades públicas están desbordadas y seguramente a ello obedece el Plan Mérida. Los servicios de inteligencia de los EE.UU., en coherencia con la polí­tica de Seguridad Nacional del presidente Bush, habrí­an dicho: «En esta región mesoamericana pareciera que se avanza hacia crisis de estabilidad, la cual es necesario evitar en nuestra lucha contra el terrorismo». El Plan Colombia ha progresado en esa dirección y con esos conceptos, intereses y premisas. Así­ también inicia el Plan Mérida en México.

La Seguridad Humana

La polémica que comenzara en el mundo después de la caí­da del muro de Berlí­n, encaminada a reconstituir los sistemas de seguridad porque ya no existí­a el «enemigo» del comunismo y sus eventuales representantes «internos» en los paí­ses, permitió que en Naciones Unidas se generara una idea más comprehensiva y no belicista como la contenida en la noción de Seguridad Nacional, nació así­ el concepto de Seguridad Humana.

En Centroamérica, con las expectativas que crearon las soluciones polí­ticas a los conflictos armados y la posibilidad de instaurar regí­menes de democracia liberal representativa, se firmó el Tratado Marco de Seguridad Democrática en 1995.

El Tratado contribuyó en los Acuerdos de Paz para la propuesta de cambiar el sistema y sus aparatos basados en aquella doctrina de seguridad nacional. En la academia y en foros sociales se iniciaron trabajos, prolí­feros estudios en la materia que culminaron con el desarrollo del concepto de Seguridad Democrática. Desde entonces, la polémica teórica e ideológica, en el Legislativo, en las polí­ticas y entidades de seguridad ha sido, entre la sustitución de los viejos actores (fundamentalmente militares) sus ideas y sus prácticas basadas en la temida seguridad nacional, a las nuevas ideas de la seguridad democrática.

Algo ha progresado de ésta en la legislación y en proyectos de corto alcance, pero la incorporación de las ideas y acciones más comprehensivas de la Seguridad Humana y sus derivados institucionales, han quedado en enunciados.

Sigue priorizándose la fuerza para enfrentar los problemas de seguridad sobre la preeminencia que deberí­an tener la prevención del delito y las polí­ticas de desarrollo social, como condiciones estructurales para superar las vulnerabilidades sociales y facilitar el control de riesgos y amenazas de posibles y potenciales delincuentes.

La guerra a la delincuencia ha probado su ineficacia en Colombia, El Salvador, Honduras y la inicia en México. Mientras en Costa Rica, Nicaragua y Belice, con otros métodos, los problemas de inseguridad son en extremo menores. Chile, tres ciudades de Colombia y Ecuador son también ejemplo de otros métodos.

La Seguridad Ciudadana y la Seguridad Pública

Resultado de esa polémica, donde mayor confusión, superposición e incoherencia se ha producido es en los conceptos, ámbitos, entidades y métodos que corresponden a la seguridad ciudadana y a la seguridad pública, ésta última todaví­a con fuertes resabios contrainsurgentes como la criminalización del conflicto y de los derechos sociales de petición, manifestación pública y legí­tima resistencia de los pueblos (Art. 44 de la Constitución).

Pero una de las mayores incoherencias se encuentra en las decisiones teóricas y prácticas de circunscribir la seguridad ciudadana, a la protección contra robos y atentados violentos, con métodos punitivos y coercitivos. En la seguridad pública, por su lado, el problema es mayor porque las nuevas corrientes aún no tienen una propuesta elaborada con propiedad, rigor y viabilidad polí­tica y administrativa. El resultado es que en nombre de la seguridad pública se recurre a la noción del «orden público» y con él a la criminalización mencionada y a la protección de los intereses establecidos.

En la confusión y en la protección a ese orden, se sigue dando prioridad a la vieja idea de la «estabilidad nacional» con la innovación de llamarla «gobernabilidad» e incluso, en casos «gobernabilidad democrática». La gobernabilidad pasa entonces a convertirse en el bien público a proteger, prevaleciendo sobre la protección a todo derecho ciudadano y social; pierde así­ la seguridad ciudadana sus contenidos más novedosos, basados en el concepto de Seguridad Humana. La seguridad humana busca con prioridad proteger los derechos y el desarrollo de los más vulnerables. Su amenaza básica es la pobreza y no los delincuentes.

La Seguridad Interior

El problema se complica cuando entra en juego la noción de seguridad interior y su equiparación con la seguridad pública o peor, con la Seguridad Ciudadana. Son diferentes conceptos y diferentes deben de ser sus ámbitos y sus operadores. La seguridad ciudadana sustantivamente corresponde al Ministerio de Gobernación y la seguridad pública al conjunto de la institucionalidad civil. La seguridad interior competerí­a en casos excepcionales a la institución armada del Estado.

Con estas aclaraciones, los militares sólo deberí­an intervenir en la seguridad interna del paí­s, cuando esté en riesgo la integridad del territorio y la soberaní­a nacional por graves amenazas internas o externas de otros Estados o agentes particulares. Los militares no tienen por qué andar poniendo inyecciones, ni contribuyendo a la detención y desalojo de indí­genas pobres.

La interpretación del artí­culo 244 de la Constitución que asigna la seguridad interior al Ejército, a la luz de la nueva legislación en la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad y en la Ley de Libre Acceso a la Información, así­ como en la opinión consultiva de la Corte de Constitucionalidad del 8/3/05 respecto de la «Seguridad Nacional», no lo faculta para interferir en las seguridades pública y ciudadana.

Para una Agenda Estratégica de Seguridad (Humana y Democrática)

Son fuertes los resabios de la antigua doctrina y fuertes sus defensores ideológicos en los grupos de poder, en el Ministerio de la Defensa, en el legislativo y en las entidades públicas; no han asumido que en las disposiciones legales el propio término de «Seguridad Nacional» ha cambiado por «Seguridad de la Nación» y que sus contenidos, como se anotó, comienzan a variar influidos por las nociones de Seguridad Humana y Democrática.

Muchos de los resultados prácticos en el terreno de la seguridad de la gente de la calle, de la protección a los bienes públicos fundamentales de la Nación y del Estado, podrí­an depender de ese cambio en la cultura polí­tica de las «élites». La institucionalización de un sistema de seguridad diferente y más efectivo no se logrará aferrados a viejos esquemas. La idea de aumentar los efectivos militares para el año 2009 no es acertada y no contribuirá a mejorar la situación.

El Plan Mérida contribuirá poco a este cambio y lo tensará más, porque no está basado en una agenda estratégica de seguridad, verdaderamente nacional, humana y democrática, responde a enfoques, prioridades, teorí­as, intereses y métodos incorporados desde afuera.

Por de pronto, habrí­a que esperar que en el Congreso no triunfen los intereses comerciales y belicistas y que los diputados se aferren a los viejos esquemas y, por el contrario, se impulse en La Ley de Armas y Municiones una drástica reducción de las municiones adquiribles por particulares y que la Dirección General de Control de Armas y Municiones, quede bajo la responsabilidad del Ministerio de Gobernación y no de la Defensa.